sábado, 5 de mayo de 2012

Solicitud de pensión no contributiva - Pensión por invalidez

Solicitud de pensión no contributiva - Pensión por invalidez


En qué consiste

Solicitar una pensión no contributiva por invalidez.
Esta pensión se puede entregar de acuerdo a la Ley Nº 18.910 Decreto 432/97.

Está dirigida a aquellas personas en estado de vulnerabilidad social que se encuentran sin amparo previsional o no contributivo, no posean bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia y que no tienen parientes obligados legalmente a proporcionarle alimentos o que, teniéndolos se encuentren impedidos para poder hacerlo.

Este tipo de pensiones no requieren aportes o cotización para su otorgamiento.

Cómo se hace

1.- Iniciar el trámite en el Centro de Atención Local o Centro de Referencia más cercano, con su DNI.
Consulte la Pensión no contributiva que le corresponda.

2.- Efectuar la encuesta socio-económica mediante la cual un trabajador social, matriculado y avalado por autoridad competente, realizará un estudio socio ambiental solicitando la documentación respaldatoria para acreditar el cumplimiento de los requisitos de otorgamiento establecido en cada una de las normativas que regulan este tipo de pensión no contributiva.

3.- La Comisión de Pensiones Asistenciales solicitará a los organismos competentes informes para certificar la condición del solicitante respecto de pensión, jubilación en orden nacional, provincial y/o municipal y su condición de activo, como así también los antecedentes sobre bienes inmuebles del solicitante, cónyuge o concubino/a emitida por organismos provinciales y municipales competentes.

Qué documentación se debe presentar. Requisitos

Requisitos:
1.- Encontrarse incapacitado en forma total y permanente. Se presume que la incapacidad es total cuando la Invalidez produzca en la capacidad laborativa una disminución del SETENTA Y SEIS % (76%) o más.

2.- No estar amparado el peticionante ni su cónyuge por ningún tipo de beneficio previsional o no contributivo alguno. No encontrarse trabajando en relación de dependencia.

3.- No tener bienes, ingresos ni recursos de cualquier tipo que permitan la subsistencia del solicitante y de su grupo familiar.

4.- Ser argentino o naturalizado. Los naturalizados deberán contar con una residencia continuada en el país de por lo menos cinco años anteriores al pedido del beneficio.

5.- Los extranjeros deberán acreditar una residencia mínima y continuada en la República de veinte (20) años inmediatamente anteriores al pedido de la pensión.

6.- No encontrarse detenido a disposición de la Justicia.

Documentación a presentar:
1.- Certificado de INVALIDEZ PERMANENTE, Total o parcial.

Dicha constancia deberá reunir los siguientes requisitos:
- Expedido por hospital público nacional, provincial o municipal , servicio o unidad sanitaria.
- Copia o transcripción de Historia Clínica firmado por profesional competente.
- Sello del establecimiento asistencial.
- Firma y sello del médico que lo extiende.
- Firma y sello del director del establecimiento.
Si de acuerdo a los certificados médicos se determina la necesidad de designar un curador deberá acompañar la constancia de inicio de trámite de la respectiva curatela.

Cuánto vale

Gratuito.

Quién puede/debe efectuarlo

El trámite es PERSONAL y NO NECESITA GESTOR.
NO SE ACEPTAN PRESENTACIONES GRUPALES.

Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo

Debería asistir UNA vez: 1
Presentar la documentación correspondiente.

De que organismo depende

MINDESSOC - Ministerio de Desarrollo Social

Donde se puede realizar

Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales.
Hipólito Yrigoyen 1497 - CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

Lunes a Viernes de 9:00 a 16:00 hs.
4379-4800 Conmutador

Centros y Organizaciones del Ministerio en todo el país.
Fecha de última actualización:Lunes 26/09/2011 11:30:00
Información suministrada por:MINDESSOC - Ministerio de Desarrollo Social


Fuente: http://www.argentina.gob.ar/tramites/759-solicitud-de-pensi%C3%B3n-no-contributiva---pensi%C3%B3n-por-invalidez.php

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