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viernes, 13 de septiembre de 2013

Las Madres pueden cobrar las Asignaciones Familiares




Pago de las Asignaciones Familiares de los Trabajadores en Relación de Dependencia, Titulares de la Ley de Riesgos del Trabajo, de una Prestación por Desempleo y de Jubilación o Pensión a las madres:

Se ha creado para tal fin el Formulario "Solicitud de Percepción de Asignaciones Familiares - Madres"; que ya puede ser utilizado aunque el mismo aún no esté numerado atento que se encuentra en trámite de aprobación y numeración por parte de la Coordinación Imprenta. Este Formulario deberá ser cumplimentado por las madres que quieran que las Asignaciones Familiares que se liquidan a los padres, les sean puestas al pago a ellas, excepto en los casos de guarda, curatela a la persona, tutela y tenencia -en este último caso a favor del padre-, cuya liquidación se realizará al guardador, curador a la persona, tutor o tenedor respectivamente que correspondiere. Cabe aclarar que en el Formulario se deberán declarar los hijos por los cuales se solicita este procedimiento, informando a su vez el medio de pago a través del cual se harán efectivas las Asignaciones Familiares; pudiendo optar por Boca de Pago o Depósito en CBU. En el caso que se opte por percibir a través de CBU se deberá adjuntar al Formulario la correspondiente Constancia de CBU de la que surja Nombre y Apellido de la titular de la cuenta, DNI o CUIL y Nº de CBU. Asimismo se informa que el Formulario cuenta con el Rubro Representante para el caso en que la madre no pueda hacer la presentación en la UDAI.La presentación de este Formulario se hará sin turnar.

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