Guía de trámites
Pensión no contributiva invalidez
En qué consiste
El trámite consiste en la gestión de una pensión no contributiva por invalidez. La misma se asigna de acuerdo a la Ley Nº 18.910 y al Decreto Nº 432/1997. Está dirigida a aquellas personas con una discapacidad laboral total y/o parcial, permanente que se encuentren en estado de vulnerabilidad social, sin amparo previsional o no contributivo (ni el solicitante ni su cónyuge), que no posean bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia y que no tengan parientes obligados legalmente a proporcionarle alimentos o que, teniéndolos, se encuentren impedidos de hacerlo. Además, no podrán encontrarse detenidos/as a disposición de la Justicia. Este tipo de pensiones no requiere aportes o cotización para su
otorgamiento.
Cómo se hace
a- Acercarse con su Documento Nacional de Identidad (DNI) al Centro de Atención Local (CAL) más cercano a su domicilio. Para localizarlo, puede acceder al Mapa Interactivo.
b- Completar la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las normativas vigentes que regulan este tipo de pensión.
c- Un trabajador social, matriculado y avalado por autoridad competente, confeccionará una encuesta socioeconómica.
d- La Comisión Nacional de Pensiones solicitará a los organismos competentes informes para certificar la condición respecto de pensión o jubilación en el orden nacional, provincial y/o municipal, como así también los antecedentes sobre bienes muebles e inmuebles, entre otros, del o la solicitante, su cónyuge/concubino y de los padres (para menores de 18 años).
Qué documentación se debe presentar.
Requisitos
Los requisitos que debe cumplir la persona solicitante son los siguientes:
a- Encontrarse incapacitado/a en forma total y permanente. Se presume que la incapacidad es total cuando la invalidez produzca en la capacidad laboral, una disminución del setenta y seis por ciento (76%) o más.
b- No estar amparado el/la solicitante ni su cónyuge por ningún tipo de beneficio previsional, retiro o prestación no contributiva alguna.
c- No encontrarse trabajando en relación de dependencia.
d- No tener bienes, ingresos ni recursos de cualquier tipo que permitan la subsistencia del solicitante y de su grupo familiar.
e- No tener parientes que estén obligados legalmente a proporcionarle alimentos o que, teniéndolos, se encuentren impedidos para poder hacerlo.
f- Ser argentino/a nativo/a o naturalizado/a, residente en el país. Los/as naturalizados/as deben contar con una residencia continuada en el país de por lo menos 5 (cinco) años anteriores al pedido de la pensión.
g- Los/as extranjeros/as deben tener una residencia mínima y continuada en la República Argentina de 20 (veinte) años inmediatamente anteriores al pedido de la pensión.
h- No encontrarse detenido/a a disposición de la Justicia.
Documentación que se debe presentar:
a. DNI del/la solicitante, y padres en el caso de que el solicitante sea menor de 18 años
b. CUIL del/la solicitante y de los padres o apoderados de los menores o incapaces respectivamente.
c. Toda aquella documentación que se requiera de acuerdo al caso, que incluirá el Certificado Médico Oficial (CMO), que será entregado en el Centro de Atención Local (CAL) para su cumplimentación.
Importante:
El Certificado Médico Oficial (CMO) deberá reunir los siguientes requisitos:
- Ser cumplimentado por hospital público nacional, provincial o municipal, servicio o unidad sanitaria. - Firma y sello del médico que lo extiende.
- Firma y sello del director del establecimiento.
- Sello del establecimiento asistencial.
- Además se deberá presentar copia o transcripción de resúmen de historia clínica firmado por profesional competente.
- Si así lo indicara el certificado médico oficial se deberá acompañar la constancia de inicio de trámite de curatela.
Cuánto vale
El acceso a una pensión no contributiva por invalidez es totalmente gratuito.
Quién puede / debe efectuarlo
El trámite es personal, gratuito y no necesita gestor. No se aceptan
presentaciones grupales.
Dónde se puede realizar
En el Centro de Atención Local (CAL) más cercano a su domicilio. Para localizarlo,
puede acceder al Mapa Interactivo.
De qué organismo depende
Depende de la Comisión Nacional de Pensiones del Ministerio de Desarrollo Social
de la Nación.
Qué vigencia tiene el documento tramitado
La pensión a la invalidez no caduca, es vitalicia en tanto se mantengan las
condiciones que dieron lugar a su otorgamiento.
fuente:
http://www.desarrollosocial.gob.ar/Institucional/Tramite.aspx?Id=4