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sábado, 5 de mayo de 2012

Cobertura Médica Asistencial Pensiones No Contributivas


Información sobre la cobertura médica asistencial a beneficiarios con Pensiones No Contributivas

En qué consiste
Cómo se hace
Qué documentación se debe presentar. Requisitos
Cuánto vale
Quién puede/debe efectuarlo
Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo
De qué organismo depende
Donde se puede realizar

En qué consiste

El Programa Federal de Salud otorga cobertura médica para los beneficiarios de Pensiones No Contributivas (por vejez, invalidez, madres de más de 7 hijos, pensiones graciables nacionales), que hayan solicitado su afiliación al PROGRAMA y “a partir del momento en que ingresen al PADRÓN del PROGRAMA”.


También pueden acceder a la asistencia los siguiente miembros del Grupo familiar:

1.- Cónyuge / Concubino/a.

2.- Hijos menores de 18 años.

3.- Menores bajo guarda o tutela.

4.- Hijos mayores de 18 años que acrediten una incapacidad igual o superior al 76%.

IMPORTANTE:

En su recibo de haberes se le descuenta al beneficiario la suma equivalente al 3% del total en concepto de aporte al PROFE desde el primer pago, pero lo PODRÁ UTILIZAR SÓLO CUANDO RESULTE AFILIADO.


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Cómo se hace

1.- Presentar la documentación correspondiente en los Centros de Atención Personalizado (CAP) o en las Unidades de Gestión Provincial (UGPs) que corresponda según el domicilio del interesado.


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Qué documentación se debe presentar. Requisitos

REQUISITOS:

1.- Ser titular de una pensión no contributiva o familiar a cargo del mismo (cónyuge / concubino e hijos).

2.- No contar con otra cobertura médica como beneficiario del Sistema Nacional del Seguro de Salud o de una Obra Social Provincial, ya sea como titular o como familiar a cargo.

DOCUMENTACIÓN a presentar:

1.- Documento de identidad:

- para los argentinos, nativos o naturalizado: LC, LE, o DNI

- en caso de ser extranjeros: DNI. NO Cédula de Identidad.

El domicilio deberá estar actualizado al lugar de residencia efectivo, en caso contrario el mismo deberá ser actualizado o presentar certificado de domicilio emitido por la policía.

2.- Último recibo de cobro del beneficio.

Para incorporar al Grupo FAMILIAR deberá presentar además los siguientes documentos, según su situación además de la documentación perteneciente al titular del beneficio:

- Cónyuge

1.- Certificado de matrimonio actualizado (NO LIBRETA).

En el caso de matrimonio celebrado en el extranjero deberá presentar dicho certificado legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

- Concubinos

1.- Información Sumaria con dos testigos realizada ante Juzgado de Paz o Policía acreditando el tiempo de convivencia, la misma debe acreditar un mínimo de dos años si tuvieren hijos en común o 5 años si no tuvieren hijos en común.

Además deberán adjuntar fotocopias de las partidas de nacimiento de los hijos a fin de corroborar dicha situación.

- Hijo de hasta 18 años

1.- Partida de nacimiento y DNI actualizado.

En el mismo deberá constatar igual domicilio del titular del beneficio.

En el caso de hijos que hayan cumplido 8 y 16 años deberán estar actualizados, contando con un año de plazo para su renovación a partir de la fecha de vencimiento del DNI.

De poseer sólo la constancia de DNI en trámite al momento de la afiliación adjuntar un certificado de residencia emitido por la policía.

- Hijo incapacitado para el trabajo

1.- Partida de nacimiento, DNI con domicilio actualizado,

2.- Certificado médico expedido por Instituto Nacional Provincial o Municipal en el que conste que padece incapacidad total o parcial permanente igual / mayor al 76%. Cabe destacar que dicho hijo debe estar a exclusivo cargo del titular.
En el caso de hijos incapacitados mayores de 18 años deberán acreditar no poseer familiares obligados (cónyuge, concubino o hijos mayores) que puedan y deban brindarle atención médica, esto se acreditará mediante información sumaria (original) con dos testigos ante Juzgado o Policía.

Previo a la afiliación la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales deberá constatar la invalidez invocada.

- Menor bajo guarda o tutela de un beneficiario

1.- Partida de nacimiento, DNI con domicilio actualizado, Testimonio judicial de tutela o Certificado de guarda o acta tenencia definitiva extendida por el Servicio Nacional del Menor en Ciudad Autónoma de Buenos Aires o documentación similar emitida por autoridad competente en las jurisdicciones provinciales a cargo del titular de la pensión o compartida por el mismo.


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Cuánto vale

Gratuito.


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Quién puede/debe efectuarlo

El trámite debe ser realizado por el titular de la Pensión No Contributiva y/ o su apoderado legal.


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Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo

Debería asistir DOS veces al organismo:

1.- Presentar la documentación.

2.- Verificar el alta en el padrón en el Centro de Atención Personalizado (CAP) o en la Unidad de Gestión Provincial (UGP) donde inició el trámite.


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De que organismo depende

PROFESA - Programa Federal de Salud


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Donde se puede realizar

El interesado puede realizar consultas sobre Afiliaciones telefónicamente al (011) 4331- 0809.

Asimismo, puede comunicarse con el área de Atención al Beneficiario al (011) 4331-0208.


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Fecha de última actualización:Lunes 26/09/2011 11:30:00

Información suministrada por:PROFESA - Programa Federal de Salud

Fuente: http://www.argentina.gob.ar/tramites/343-informaci%C3%B3n-sobre-la-cobertura-m%C3%A9dica-asistencial-a-beneficiarios-con-pensiones-no-contributivas.php

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