miércoles, 30 de septiembre de 2015

Banco Nación: Préstamos Personales para Jubilados y Pensionados


Estos Préstamos del Banco Nación están dirigidos a aquellos individuos de la clase pasiva.

Beneficios

Su transparente préstamo personal sin cargos ocultos.
Una cuota accesible a su capacidad de pago.

Usuarios-
Jubilados y Pensionados de la ANSES que cobren o no sus haberes en Banco Nación.
Ex Combatientes de Malvinas beneficiarios de una pensión vitalicia de guerra otorgada por el Estado Nacional Ley 24.652 que cobren o no sus haberes en Banco Nación.
Jubilados y Pensionados que hayan optado por la modalidad de renta vitalicia provisional a través de Compañías de Seguro de Retiro, que hayan suscripto un Convenio de Pago de Haberes previsionales con el Banco Nación, siempre y cuando, perciban dichos haberes a través de una Caja de Ahorros del Banco.


Montos
Monto mínimo: $3.000.- (pesos tres mil)
Monto máximo: $60.000.- (pesos sesenta mil)
Plazo
Para Jubilados y Pensionados de la ANSeS y Ex Combatientes de Malvinas beneficiarios de una pensión vitalicia que cobren o no sus haberes en el Banco Nación y que el cobro del préstamo sea a través de e@descuentos: Hasta 40 meses, condicionados a los siguientes límites de edad: Hasta 24 meses sin límite de edad. De 25 a 40 meses no se deberá superar la edad de 90 años al momento de la cancelación del préstamo.
Para Jubilados y Pensionados de la ANSeS y Ex Combatientes de Malvinas beneficiarios de una pensión vitalicia que cobren sus haberes en el Banco Nación y suscriban el paquete de servicios denominado “Cuenta Nación Jubilados” hasta 60 meses, sin límite de edad.
Para Jubilados y Pensionados que hayan optado por la modalidad de renta vitalicia previsional a través de Compañías de Seguro de Retiro hasta 24 meses o hasta 60 meses para quienes suscriban el paquete de servicios “Cuenta Nación Jubilados”; en ambos casos sin límite de edad.
Destino
Libre destino.
Relación cuota/Ingreso Neto
Hasta el 30% de los ingresos netos mensuales, considerando otras deudas que el solicitante posea en esta u otras entidades.

Para más información ingresar al sitio del Banco Nación http://www.bna.com.ar/Personas/PersonalesAJubiladosYPensionados

martes, 29 de septiembre de 2015

Automóviles para personas con discapacidad. Franquicia.


Este BENEFICIO es ÚNICAMENTE para aquellas personas con discapacidad que no pueden hacer uso del transporte público de pasajeros y que tenga capacidad económica (condición que se acredita ante la AFIP) para poder comprar y mantener el vehículo y; sólo contempla la posibilidad de adquirir un vehículo 0 km estándar (NO COMPRENDE AUTOMÓVILES USADOS).

También podrán requerir dicho beneficio aquellas INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO u ORGANISMOS ESTATALES que transporten personas con discapacidad, posibilitando la adquisición de un vehículo 0 km (NO COMPRENDE AUTOMÓVILES USADOS) cuya capacidad no sea inferior a ocho (8) personas sentadas o transportadas en sillas de ruedas o similares.

Presentar la documentación correspondiente en la Mesa de Entradas del SNR, sito en la calle Ramsay 2250 (C1428BAJ), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de Lunes a Viernes de 8:30 a 13:30 hs., previo cotejo y autorización por parte del personal del Departamento Automotores.
También puede remitir la documentación por Correo Postal.

RECUERDE: deberá completar el Formulario de Solicitud de Franquicia para Particulares en su totalidad, con una misma tinta, sin enmiendas ni testaduras, y debe encontrarse suscripto por el interesado o por su representante legal, en caso de ser menor de edad o incapaz, sin excepción.
ESTE TRÁMITE NO PUEDE SER REALIZADO POR E-MAIL, TELÉFONO O FAX.
2.- Cumplidos todos los requisitos, el interesado será sometido a una Evaluación Médica, realizada por una Junta Evaluadora dependiente de este Organismo y especialmente constituida a tal efecto.

RECUERDE: el Certificado de Discapacidad NO ES REQUISITO para este trámite y en todos los casos, el peticionante será evaluado por una Junta Evaluadora, cualquiera sea su patología de base. Es decir, una persona puede tener certificado de discapacidad, y no ser un beneficiaria del régimen previsto por la Ley Nº 19279.

Esta junta se realizará en un hospital público correspondiente a su domicilio en caso de residir en el Interior del país y en caso de residir en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el Gran Buenos Aires, se realizará en el SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN. Esta Junta evaluará si el solicitante posee una discapacidad que le impida o dificulte la utilización del transporte público de pasajeros.

3.- Posteriormente, el SNR emitirá el acto administrativo correspondiente, concediendo o denegando el beneficio.

Si reside en el Interior del País puede realizar todo el trámite por Correo Postal.

Para mayor información comuníquese al 0800-555-DISCAPACIDAD (3472), de Lunes a Viernes de 7:30 a 19:30 hs. o en la página web de SNR.

jueves, 3 de septiembre de 2015

CUD. Certificado Unico de #Discapacidad: Obtención 2015-2016

Obtener el Certificado Único de Discapacidad (CUD).


Es un documento público que permite el acceso al Sistema de Salud y a los beneficios instituidos por la normativa en la materia (Ley 22.431 y 24.901), para las personas con discapacidad.
Es voluntario y consta de una evaluación interdisciplinaria en la que los profesionales determinarán, de acuerdo a la documentación presentada por el interesado, si se encuadra o no dentro de las normativas vigentes de certificación de discapacidad.

Documentación necesaria

1.- Certificado original actualizado expedido por médico con una fecha de no más de seis meses que contemple el diagnóstico completo, estado actual, fecha, firma y sello del médico.

2.- Certificados e informes de profesionales intervinientes en el caso de que lo amerite.

3.- Estudios médicos complementarios según su condición de salud: deben ser originales y expedidos con una fecha de no más de seis meses.

4.- DNI/LC/Pasaporte. original y legible de la persona a ser evaluada.

5.- Planilla  completada por el médico especialista tratante, en caso de ser necesario.

Si la persona tiene obra social deberá adjuntar:
- 1 fotocopias de la primera y la segunda hoja del DNI del paciente.
- 1 fotocopias del último recibo de sueldo si el paciente trabaja; si no trabaja, del familiar que lo tenga a cargo.

Si la persona está jubilada, debe presentar:
- copia del recibo de cobro de la jubilación. 

En caso de renovación del Certificado Unico de Discapacidad (CUD), el trámite es igual que la primera vez, debiendo presentar además el certificado original vencido.



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