domingo, 27 de mayo de 2012

Servicio Nacional de Rehabilitación

Logo SNRSERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

MISIÓN Y VISIÓN
MISIÓN

Promover y facilitar en todo el país la efectiva implementación de políticas, programas y acciones que fomenten la prevención, promoción, rehabilitación e integración de la persona con discapacidad.

VISIÓN

El Servicio Nacional de Rehabilitación es el organismo rector en la normatización y ejecución de las políticas de discapacidad y rehabilitación.

Contacto
Dirección:
Ramsay 2250 o Dragones 2201 (C1428BAJ)
Localidad:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Centro de Atención Telefónica:

0800-555-3472
Conmutador:
(5411) 4789-5200
Email: info@snr.gov.ar

Fuente: http://www.snr.gov.ar/publicacion.php?id=87

sábado, 26 de mayo de 2012

Mutuales - Afiliación a Terceras Entidades

Movilidad Jubilatoria - Ley 26.417

En el caso de que usted quiera tomar un préstamo de una mutual porque necesita dinero, concurra siempre acompañado, lea con atención y pregunte todo aquello que no entienda del formulario o papel que va a firmar. El trámite lo debe realizar ante la mutual, porque ANSES no presta dinero: simplemente oficia de intermediario para que le realicen el descuento a través de su recibo de sueldo. Recuerde que la cuota mensual del préstamo no puede superar el 40% de lo que usted cobra en mano (haber neto).
IMPORTANTE

Una vez que cancele el préstamo, deberá solicitar por escrito la desafiliación a la mutual. Conserve la constancia de recepción de esta solicitud. Si no realiza este trámite, le seguirán descontando una cuota mensual por afiliación.
Si le llegaran a descontar de una mutual por una afiliación que nunca hizo, deberá hacer la denuncia correspondiente ante ANSES, de manera personal o telefónicamente, al 130, Opción 3 (“Realizar una denuncia por un fraude o un reclamo por Carta Compromiso con el Ciudadano”).
Fuente:  http://www.anses.gov.ar/jubilados/mutuales/default.php

sábado, 5 de mayo de 2012

Cobertura Médica Asistencial Pensiones No Contributivas


Información sobre la cobertura médica asistencial a beneficiarios con Pensiones No Contributivas

En qué consiste
Cómo se hace
Qué documentación se debe presentar. Requisitos
Cuánto vale
Quién puede/debe efectuarlo
Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo
De qué organismo depende
Donde se puede realizar

En qué consiste

El Programa Federal de Salud otorga cobertura médica para los beneficiarios de Pensiones No Contributivas (por vejez, invalidez, madres de más de 7 hijos, pensiones graciables nacionales), que hayan solicitado su afiliación al PROGRAMA y “a partir del momento en que ingresen al PADRÓN del PROGRAMA”.


También pueden acceder a la asistencia los siguiente miembros del Grupo familiar:

1.- Cónyuge / Concubino/a.

2.- Hijos menores de 18 años.

3.- Menores bajo guarda o tutela.

4.- Hijos mayores de 18 años que acrediten una incapacidad igual o superior al 76%.

IMPORTANTE:

En su recibo de haberes se le descuenta al beneficiario la suma equivalente al 3% del total en concepto de aporte al PROFE desde el primer pago, pero lo PODRÁ UTILIZAR SÓLO CUANDO RESULTE AFILIADO.


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Cómo se hace

1.- Presentar la documentación correspondiente en los Centros de Atención Personalizado (CAP) o en las Unidades de Gestión Provincial (UGPs) que corresponda según el domicilio del interesado.


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Qué documentación se debe presentar. Requisitos

REQUISITOS:

1.- Ser titular de una pensión no contributiva o familiar a cargo del mismo (cónyuge / concubino e hijos).

2.- No contar con otra cobertura médica como beneficiario del Sistema Nacional del Seguro de Salud o de una Obra Social Provincial, ya sea como titular o como familiar a cargo.

DOCUMENTACIÓN a presentar:

1.- Documento de identidad:

- para los argentinos, nativos o naturalizado: LC, LE, o DNI

- en caso de ser extranjeros: DNI. NO Cédula de Identidad.

El domicilio deberá estar actualizado al lugar de residencia efectivo, en caso contrario el mismo deberá ser actualizado o presentar certificado de domicilio emitido por la policía.

2.- Último recibo de cobro del beneficio.

Para incorporar al Grupo FAMILIAR deberá presentar además los siguientes documentos, según su situación además de la documentación perteneciente al titular del beneficio:

- Cónyuge

1.- Certificado de matrimonio actualizado (NO LIBRETA).

En el caso de matrimonio celebrado en el extranjero deberá presentar dicho certificado legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

- Concubinos

1.- Información Sumaria con dos testigos realizada ante Juzgado de Paz o Policía acreditando el tiempo de convivencia, la misma debe acreditar un mínimo de dos años si tuvieren hijos en común o 5 años si no tuvieren hijos en común.

Además deberán adjuntar fotocopias de las partidas de nacimiento de los hijos a fin de corroborar dicha situación.

- Hijo de hasta 18 años

1.- Partida de nacimiento y DNI actualizado.

En el mismo deberá constatar igual domicilio del titular del beneficio.

En el caso de hijos que hayan cumplido 8 y 16 años deberán estar actualizados, contando con un año de plazo para su renovación a partir de la fecha de vencimiento del DNI.

De poseer sólo la constancia de DNI en trámite al momento de la afiliación adjuntar un certificado de residencia emitido por la policía.

- Hijo incapacitado para el trabajo

1.- Partida de nacimiento, DNI con domicilio actualizado,

2.- Certificado médico expedido por Instituto Nacional Provincial o Municipal en el que conste que padece incapacidad total o parcial permanente igual / mayor al 76%. Cabe destacar que dicho hijo debe estar a exclusivo cargo del titular.
En el caso de hijos incapacitados mayores de 18 años deberán acreditar no poseer familiares obligados (cónyuge, concubino o hijos mayores) que puedan y deban brindarle atención médica, esto se acreditará mediante información sumaria (original) con dos testigos ante Juzgado o Policía.

Previo a la afiliación la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales deberá constatar la invalidez invocada.

- Menor bajo guarda o tutela de un beneficiario

1.- Partida de nacimiento, DNI con domicilio actualizado, Testimonio judicial de tutela o Certificado de guarda o acta tenencia definitiva extendida por el Servicio Nacional del Menor en Ciudad Autónoma de Buenos Aires o documentación similar emitida por autoridad competente en las jurisdicciones provinciales a cargo del titular de la pensión o compartida por el mismo.


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Cuánto vale

Gratuito.


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Quién puede/debe efectuarlo

El trámite debe ser realizado por el titular de la Pensión No Contributiva y/ o su apoderado legal.


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Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo

Debería asistir DOS veces al organismo:

1.- Presentar la documentación.

2.- Verificar el alta en el padrón en el Centro de Atención Personalizado (CAP) o en la Unidad de Gestión Provincial (UGP) donde inició el trámite.


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De que organismo depende

PROFESA - Programa Federal de Salud


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Donde se puede realizar

El interesado puede realizar consultas sobre Afiliaciones telefónicamente al (011) 4331- 0809.

Asimismo, puede comunicarse con el área de Atención al Beneficiario al (011) 4331-0208.


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Fecha de última actualización:Lunes 26/09/2011 11:30:00

Información suministrada por:PROFESA - Programa Federal de Salud

Fuente: http://www.argentina.gob.ar/tramites/343-informaci%C3%B3n-sobre-la-cobertura-m%C3%A9dica-asistencial-a-beneficiarios-con-pensiones-no-contributivas.php

Programa Ciudadanía Porteña, Subsidio



Instructivo


¿En qué consiste el servicio?

El Programa Ciudadanía Porteña "Con todo derecho" se encuentra destinado a familias que no lleguen a cubrir sus necesidades básicas. Asimismo, prioriza la asistencia a embarazadas, menores de 18 años, jóvenes que no estudien ni trabajen y adultos mayores. Este servicio facilita el acceso a la salud, la educación y la reinserción laboral. Mediante el subsidio se pretende, a nivel general, disminuir los niveles de desigualdad en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.




¿Dónde se brinda el servicio?
La tarjeta de débito puede utilizarse en una red de comercios barriales y supermercados adheridos al programa, en los diferentes barrios de la Ciudad.






¿A quién/es está destinado/s?

El programa con todo derecho está destinado a:

• Familias cuyos ingresos son inferiores al costo de la canasta básica de alimentos;
• Familias cuyos ingresos no alcanzan a cubrir las necesidades básicas de su hogar y que cuentan, además, con la presencia de embarazadas y/o menores de 18 años y/o adultos mayores de 65 años y/o algún miembro con algún tipo de discapacidad




¿Cómo acceder al servicio?

Para acceder al servicio es necesario ser residente en la Ciudad de Buenos Aires durante los últimos dos años y tener documentación argentina en regla.




¿Qué costo tiene?
El servicio es gratuito.




¿Qué otro dato se debe tener en cuenta?

Los beneficios del programa son:

El subsidio se calcula en base al costo de la canasta básica de alimentos y la composición familiar para garantizar que todas las familias accedan a cubrir sus necesidades básicas, y se entrega en forma de tarjeta de débito exclusiva para la adquisición de alimentos, productos de limpieza e higiene y combustible para cocinar. Para tal fin, hay una amplia red de comercios barriales y supermercados adheridos extendida a lo largo de toda la Ciudad.

A cambio, los beneficiarios se comprometen a enviar a sus hijos menores de 18 años a la escuela, a realizar los controles médicos correspondientes a sus hijos menores y mujeres embarazadas (una vez al año) y los adultos se comprometen a buscar activamente trabajo y/o capacitación técnica o laboral.

Se intenta desde el programa que se realicen efectivamente los controles de salud pero la demanda de los servicios de salud de la población en general es tan alta que es frecuente que los médicos que atienden a los beneficiarios firmen certificados pero no realicen el chequeo correspondiente.

Luego de la inscripción, se realiza la evaluación de la situación socioeconómica de todas las familias inscriptas y se establece si les corresponde o no el ingreso al programa.
Es así como para los jóvenes de entre 15-18 años que salen del sistema educativo se realizan entrevistas focales para intentar su reinserción educacional.

Por otra parte, también se creó un circuito preventivo ante diversas señales de alarma (embarazo, maternidad, etc.), para evitar la repitencia o abandono: seguimiento de los/as jóvenes y contención.


Información por internet
Enlace Tipo de enlace
Subportal Desarrollo Social Más información





ORGANISMO RESPONSABLE
Dirección General de Ciudadanía Porteña Dirección: Curapaligüe 525 /
Tel.: 4631-6179 / 4632-3349/4373
E-mail: atencionciudadana@buenosaires.gob.ar
Web: www.buenosaires.gov.ar/areas/des_social/ciudadania_portenia/?menu_id=21936


Solicitud de pensión no contributiva - Pensión por invalidez

Solicitud de pensión no contributiva - Pensión por invalidez


En qué consiste

Solicitar una pensión no contributiva por invalidez.
Esta pensión se puede entregar de acuerdo a la Ley Nº 18.910 Decreto 432/97.

Está dirigida a aquellas personas en estado de vulnerabilidad social que se encuentran sin amparo previsional o no contributivo, no posean bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia y que no tienen parientes obligados legalmente a proporcionarle alimentos o que, teniéndolos se encuentren impedidos para poder hacerlo.

Este tipo de pensiones no requieren aportes o cotización para su otorgamiento.

Cómo se hace

1.- Iniciar el trámite en el Centro de Atención Local o Centro de Referencia más cercano, con su DNI.
Consulte la Pensión no contributiva que le corresponda.

2.- Efectuar la encuesta socio-económica mediante la cual un trabajador social, matriculado y avalado por autoridad competente, realizará un estudio socio ambiental solicitando la documentación respaldatoria para acreditar el cumplimiento de los requisitos de otorgamiento establecido en cada una de las normativas que regulan este tipo de pensión no contributiva.

3.- La Comisión de Pensiones Asistenciales solicitará a los organismos competentes informes para certificar la condición del solicitante respecto de pensión, jubilación en orden nacional, provincial y/o municipal y su condición de activo, como así también los antecedentes sobre bienes inmuebles del solicitante, cónyuge o concubino/a emitida por organismos provinciales y municipales competentes.

Qué documentación se debe presentar. Requisitos

Requisitos:
1.- Encontrarse incapacitado en forma total y permanente. Se presume que la incapacidad es total cuando la Invalidez produzca en la capacidad laborativa una disminución del SETENTA Y SEIS % (76%) o más.

2.- No estar amparado el peticionante ni su cónyuge por ningún tipo de beneficio previsional o no contributivo alguno. No encontrarse trabajando en relación de dependencia.

3.- No tener bienes, ingresos ni recursos de cualquier tipo que permitan la subsistencia del solicitante y de su grupo familiar.

4.- Ser argentino o naturalizado. Los naturalizados deberán contar con una residencia continuada en el país de por lo menos cinco años anteriores al pedido del beneficio.

5.- Los extranjeros deberán acreditar una residencia mínima y continuada en la República de veinte (20) años inmediatamente anteriores al pedido de la pensión.

6.- No encontrarse detenido a disposición de la Justicia.

Documentación a presentar:
1.- Certificado de INVALIDEZ PERMANENTE, Total o parcial.

Dicha constancia deberá reunir los siguientes requisitos:
- Expedido por hospital público nacional, provincial o municipal , servicio o unidad sanitaria.
- Copia o transcripción de Historia Clínica firmado por profesional competente.
- Sello del establecimiento asistencial.
- Firma y sello del médico que lo extiende.
- Firma y sello del director del establecimiento.
Si de acuerdo a los certificados médicos se determina la necesidad de designar un curador deberá acompañar la constancia de inicio de trámite de la respectiva curatela.

Cuánto vale

Gratuito.

Quién puede/debe efectuarlo

El trámite es PERSONAL y NO NECESITA GESTOR.
NO SE ACEPTAN PRESENTACIONES GRUPALES.

Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo

Debería asistir UNA vez: 1
Presentar la documentación correspondiente.

De que organismo depende

MINDESSOC - Ministerio de Desarrollo Social

Donde se puede realizar

Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales.
Hipólito Yrigoyen 1497 - CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

Lunes a Viernes de 9:00 a 16:00 hs.
4379-4800 Conmutador

Centros y Organizaciones del Ministerio en todo el país.
Fecha de última actualización:Lunes 26/09/2011 11:30:00
Información suministrada por:MINDESSOC - Ministerio de Desarrollo Social


Fuente: http://www.argentina.gob.ar/tramites/759-solicitud-de-pensi%C3%B3n-no-contributiva---pensi%C3%B3n-por-invalidez.php

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