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miércoles, 24 de agosto de 2016

Como obtener la tablet del Gobierno de la Ciudad.

¿Cómo solicitar tu tablet +Simple?





Si tenés más de 60 años, podrás solicitar tu tablet +Simple llamando al 147 opción 3 o completando el siguiente formulario para solicitar tu tablet +Simple. Acá podés leer las Bases y Condiciones.

Aproximadamente un mes después de que la hayas solicitado, te vas a enterar si sos beneficiario de la tablet +Simple Los que sean beneficiarios de la tablet serán notificados por teléfono, y aquellos que no lo sean, serán informados por el mismo medio o mediante correo electrónico. 


Desde aquí podrás completar el formulario online >>>>> http://www.buenosaires.gob.ar/massimple/solicitatutablet <<<<<




Bases y condiciones.




Programa de Inclusión Tecnológica (INTEC)

SECRETARIA DE TERCERA EDAD



Bases y condiciones



1- Podrá ser beneficiario del Programa de Inclusión Tecnológica (INTEC) que desarrolla la Secretaría de Tercera Edad, toda persona mayor de sesenta (60) años que acredite una residencia mínima, inmediata e ininterrumpida de un (1) año en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que complete el formulario de inscripción correspondiente, según se detalla en el punto 3 de las presentes Bases y Condiciones. Dicho formulario tendrá carácter de declaración jurada.-

2- La prestación del Programa de Inclusión Tecnológica (INTEC), consiste en recibir de manera gratuita una Tablet con el software “+Simple” pre instalado. La tablet será otorgada contra la firma de un contrato de cesión precaria por tres meses, lapso en el cual el beneficiario deberá realizar la capacitación obligatoria. Cumplida la misma, el beneficiario pasará a contar con el dominio de la tablet.-

3- La participación en el Programa de inclusión tecnológica (INTEC) tiene lugar a título individual. La entrega de la tableta no implica costo alguno para el beneficiario y tiene carácter de personal e intransferible.-

4- Quienes deseen participar del Programa podrán hacerlo a través de las siguientes vías de acceso:

a) Completado el Formulario de Registración por medio de la página web (www.buenosaires.gob.ar/massimple).-

b) Llamando al número 147, opción 3.-

5- Los formularios que fueran remitidos por la vía de participación digital, de conformidad con lo expuesto en el punto 4- a) de las presentes recibirán la confirmación de recepción mediante la vía digital.-

6- El beneficiario del programa, será informado del día y horario en el cual deberá presentarse a retirar la tableta en alguno de los puntos de distribución. De no poder asistir, en el momento en que se le comunique que es beneficiario, deberá determinar quién será la persona apoderada que retirará el dispositivo. El apoderado deberá presentar DNI propio y del beneficiario y una autorización firmada de puño y letra por este último. Si el beneficiario, o su apoderado, no asistieran a la cita de entrega, podrá retirarla de las oficinas de la repartición otorgante en una fecha a determinar. De incumplir también con esta cita, el dispositivo será otorgado a otro postulante.-

7- A los efectos de la verificación de las condiciones generales de admisión por parte la autoridad competente, quienes sean convocados a recibir una Tableta, deberán presentar la documentación solicitada en original – la cual será devuelta en el acto a su portador- junto con un juego de copias que se certificará e incorporará al legajo del postulante.-

8- Criterios de priorización: En el caso de recibir un mayor número de inscriptos que la cantidad mensual de tabletas en stock para entregar, y que todos aquellos inscriptos cumplan con los requisitos excluyentes, las Tabletas serán asignadas de acuerdo a los siguientes criterios de priorización: a) Adulto mayor que cobre un haber mínimo y que se encuentre en situación de vulnerabilidad. b) Adulto mayor que tenga algún tipo de discapacidad, siempre que la misma no impida el uso del dispositivo móvil. c) Adulto mayor que tenga a cargo algún menor de edad, otro adulto mayor o una persona con discapacidad. d) Adulto Mayor que no posea bienes inmuebles (salvo que sean Bien de Familia o esté destinado a única vivienda familiar), o muebles registrables (embarcaciones o aeronaves) y que su ingreso sea inferior a la suma de dos haberes mínimos jubilatorios.

En caso de que aplicados los criterios de priorización los mismos superen el stock para el mismo rango de prioridad se decidirá el beneficiario mediante sorteo.

9- La Secretaría de Tercera Edad o el organismo que esta designe hará un corte de las registraciones cada quince (15) días. La información recabada será analizada aplicando los criterios de selección y priorización enunciados en el punto 1 y 8 respectivamente. En base a los resultados, se procederá a comunicar telefónicamente a los potenciales beneficiados. En dicha comunicación se informará el día, horario y lugar por el que deberá ir a retirar su Tablet. En el encuentro, se procederá a firmar dos ejemplares del acta de cesión precaria que quedarán uno en poder del beneficiario y otro del organismo cedente.-

10- Junto con el dispositivo, el beneficiario recibirá un instructivo en el que se le indicará el día, horario y dirección para iniciar la capacitación obligatoria. A su vez, recibirá: la tablet con su caja correspondiente, cargador, certificado de garantía, manual de uso.-

11- El beneficiario deberá realizar, dentro de los noventa (90) días de otorgada la Tableta, la capacitación obligatoria en el Aula Digital asignada el día de la entrega. Dicha capacitación consta de cuatro encuentros, uno por semana, con una duración de una hora y media. De no realizarse el curso, este organismo contará con la facultad de retirar el dispositivo.

12- No podrán participar del Programa de inclusión tecnológica (INTEC) aquellos solicitantes que envíen formularios de inscripción incompletos. Todos y cada uno de los datos consignados en los campos obligatorios del formulario deben ser verdaderos, exactos, vigentes y auténticos.-

13- Los beneficiarios de la tableta y el software “+simple” no podrán canjear el beneficio por su valor en dinero en efectivo o por beneficios no contemplados.-

14- El solo hecho de participar en el Programa de inclusión tecnológica (INTEC) implica el total conocimiento y aceptación por parte del beneficiario de las presentes Bases y Condiciones.-

15- El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en ningún caso será responsable por fallas en el uso de la Tablet y el Software “+simple”, ni de errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal funcionamiento de los mismos. La garantía de la Tablet cubre únicamente fallas de fábrica y tiene una duración de tres (3) meses.-

16- Serán motivos de baja del beneficio: a) No asistir a las instancias de entrega del dispositivo, por si o mediante apoderado. b) No realizar la capacitación obligatoria dentro de los noventa (90) días corridos siguientes a la entrega del dispositivo.-

17- Para las bajas que se produjeran por los motivos de incumplimiento dispuestos en el punto 16 se comunicará a los beneficiarios mediante los medios de notificación vigentes y aprobados por la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (Dto. 1510-GCBA-1997).-

18- Quienes no califiquen para ser beneficiarios de la entrega de un dispositivo gratuito por no cumplir con los requisitos enunciados en el punto 1 de las presentes Bases y Condiciones, podrán descargar el software acercándose con su Tablet a las Postas Digitales y/o Aulas Digitales que coordina la Secretaría de Tercera Edad. Allí podrán realizar también la capacitación. En este caso, la misma no será obligatoria.-



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