lunes, 3 de junio de 2013

Ley de acceso a la web de personas con discapacidad


Ley de acceso a la web de personas con discapacidad

Por Decreto 355/2013 publicado en el Boletín Oficial se aprobó la reglamentación de la Ley Nº 26.653 de Accesibilidad de la Información en las Páginas Web, de las personas con discapacidad, y se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir.
El decreto, que comenzó a regir a partir de hoy lleva la firma de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, y del Jefe de Gabinete, Juan M. Abal Medina.


En los considerandos expresa que la sanción de la Ley Nº 26.378, mediante la cual se aprobó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, representa un avance significativo en la promoción y protección de los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad por cuanto procura eliminar las barreras que impiden su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás.
Pone de relieve que la promoción del pleno goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales por las personas con discapacidad y de su plena participación tendrá como resultado un mayor sentido de pertenencia de estas personas y avances significativos en el desarrollo económico, social y humano de la sociedad.
Recuerda que la Ley Nº 26.653 reconoce la necesidad de facilitar el acceso a los contenidos de las páginas Web a todas las personas con discapacidad con el objeto de garantizarles la igualdad real de oportunidades y trato, evitando así todo tipo de discriminación.
Dicho reconocimiento –agrega- constituye un elemento esencial para garantizar el derecho a la libertad de expresión y opinión, incluida, la libertad de recabar, recibir y facilitar información e ideas, en igualdad de condiciones mediante cualquier forma de comunicación.
Agrega que además de las personas con discapacidad, la Ley Nº 26.653 también persigue que la información de las páginas Web pueda ser comprendida y consultada por usuarios que posean diversas configuraciones en su equipamiento o en sus programas.
Dice luego que el artículo 1° de los Lineamientos Estratégicos para la Puesta en Marcha del Plan Nacional de Gobierno Electrónico y de los Planes Sectoriales de Gobierno aprobado por el Decreto Nº 378/05 establece como objeto de dicho Plan Nacional impulsar el uso intensivo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICs) por parte del Estado Nacional para mejorar la relación del Gobierno con los habitantes y ciudadanos, aumentar la eficacia y eficiencia de la gestión y los servicios públicos e incrementar la transparencia y la participación para una mayor integración y desarrollo de la sociedad.
Fuente: http://www.prensa.argentina.ar/2013/04/05/39599-reglamentaron-la-ley-de-acceso-a-la-web-de-personas-con-discapacidad.php

viernes, 31 de mayo de 2013

Plan Nacional contra la Discriminación

Plan Nacional contra la Discriminación


La discriminación se esconde en todos los rincones sociales adoptando formas complejas. Si bien sabemos que la humanidad es variada -que nacemos con diferentes rasgos y distintos colores de piel, que continuamos emigrando de un lado a otro del planeta y que transcurrimos por las etapas del ciclo vital con aptitudes e identidades diversas- parecemos empecinados en hacer de la diferencia social o física un argumento para la hostilidad y la marginación.
Nuestro país no es la excepción. En la Argentina del nuevo milenio convive la discriminación por razones étnicas, políticas, religiosas, económicas con nuevas formas de marginación e intolerancia. A su vez, la discriminación se proyecta en la negación de los derechos básicos de las personas a la salud, el trabajo, la educación, la seguridad, el respeto a la dignidad y a la identidad cultural.


En 2001 se realizó la Conferencia Mundial contra la Discriminación, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia en Durban (Sudáfrica). Argentina se comprometió a elaborar un Plan Nacional contra la Discriminación y esta obra es el resultado de ese compromiso. No es un mero “estudio de gabinete” sobre la discriminación en Argentina sino el producto de una investigación en todo el territorio del país. Los autores entrevistaron a cientos de personas, grupos victimizados, especialistas, funcionarios gubernamentales con competencia en el tema, parlamentarios y organizaciones de la sociedad civil.
Sobre esta base, luego de describir el contexto nacional e internacional, el diagnóstico aborda los ejes, áreas y ámbitos institucionales en que se proyectan las prácticas discriminatorias. Finalizando esta suerte de “fresco” nacional de la discriminación, se proponen unas 250 recomendaciones específicas para combatirla.
La idea central de este trabajo es que una sociedad que practica la discriminación y la desigualdad en el tratamiento de las personas no sólo es injusta sino que también pierde su potencial de desarrollo. Por ello, como señalan los autores, combatir la discriminación es un deber del Estado y un compromiso de todos.
Mediante el Decreto Nº 1086/05, el Gobierno de la República Argentina aprobó el documento titulado “Hacia un Plan Nacional contra la Discriminación – La discriminación en Argentina. Diagnóstico y propuestas”, como política estatal orientada a la lucha contra la discriminación, la xenofobia y el racismo.
Texto completo del Plan Nacional contra la Discriminación

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