domingo, 9 de noviembre de 2014

Grilla de Programación TV Pública con Lengua de Señas

Grilla de Programación TV Pública con Lengua de Señas


Lunes a viernes


De 06.30 a 07.00. Visión 7 – Nadia 6.30
De 07.00 a 09.00. Visión 7 primera mañana
De 09.00 a 10.00. Paka Paka
De 13.00 a 14.00. Visión 7 mediodía
De 16.00 a 16.30. Paka Paka – zamba
De 16.30 a 17.00. Paka Paka
De 20.00 a 21.00. Visión 7 central
De 23.00 a 23.30. Visión 7 resumen

Sábado


De 09.30 a 10.30. Caja rodante
De 12.30 a 13.30 / 13.40. Visión 7 internacional
De 20.30 a 21.00. Visión 7 sábado

Domingo


De 01.15 a 02.15. Visión 7 domingo

sábado, 18 de octubre de 2014

PASAJES GRATUITOS IDA y VUELTA para Personas con Discapacidad. Incluye al acompañante.



Provincia de Buenos Aires

AGENCIA PROVINCIAL DEL TRANSPORTE

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Resolución Nº 298



La Plata, 21 de agosto de 2014.



VISTO el expediente Nº 22104-1995/14 por el cual la Dirección Provincial de Transporte impulsa un proyecto para garantizar el uso pleno del derecho a gratuidad de transporte a las personas con discapacidad; y



CONSIDERANDO:



Que a través del artículo 22 de la Ley Nº 10.592 y de su decreto reglamentario, se estableció el acceso gratuito al transporte público de pasajeros de las personas con discapacidad, conforme se acredite mediante la exhibición de un pase o credencial que extenderá la Dirección Provincial de Transporte;

Que el beneficio de gratuidad se extiende al acompañante, siempre que el certificado y el pase de discapacidad así lo determine;



Que las características de los pases han sido determinadas por la Agencia Provincial del Transporte, variando en su formato y color, desde la entrada en vigencia de la norma hasta el presente;



Que en el año 2014, y a fin de facilitar la obtención de las credenciales, se puso en funcionamiento un nuevo sistema de solicitud de las mismas a través de la página web de la Agencia Provincial del Transporte, descentralizando por lo demás la gestión de la entrega a través de los municipios, obteniendo el usuario con discapacidad la nueva credencial de forma semejante a un documento de identidad en su propia comuna;



Que asimismo se ha ampliado el plazo de vigencia extendiéndose al que determina la junta evaluadora, y el ámbito de validez del pase, siendo útil tanto para el transporte automotor, como el ferroviario y el fluvial de carácterintercomunal dentro de la Provincia de Buenos Aires; e incluso es aplicable al transporte comunal en todos los municipios que han adherido a este sistema a través de convenio con la Provincia;



Que a partir de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad y su aprobación en la República Argentina por Ley 26378, se ha instaurado una visión sobre la discapacidad que la conecta en forma directa con los criterios de accesibilidad e integración, que obliga a la ciudadanía en su totalidad a respetar los derechos emergentes de dichas

normas; y al Estado a través de los organismos competentes a redoblar los esfuerzos para mejorar las condiciones de vida de este sector vulnerable de la sociedad;



Que en este sentido la Agencia Provincial del Transporte y la Secretaría de Servicios Públicos, han elaborado un Programa de accesibilidad al transporte de pasajeros, teniendo como meta la eliminación de las barreras que en dicho servicio se presentan;



Que este compromiso implica por un lado adoptar medidas innovadoras en la materia, ya que las exigencias que la discapacidad plantea para alcanzar las condiciones básicas de igualdad son día a día mayores; y también comprende un accionar permanente en atención a los reclamos y a las dificultades que las personas con discapacidad plantean;



Que las mayores dificultades surgen al momento de intentar trasladarse en servicios de larga distancia, impidiendo la efectiva consagración del derecho al negar el pasaje por falta de cupo, sin que el hecho pueda ser constatado; o por no estar en presencia de acompañante mayor de edad al momento de realizarse el traslado;



Que también se generan barreras que si bien no impiden el uso del derecho, provocan molestias que dificultan su aplicación plena, como la entrega sólo del pasaje de ida o ubicando al solicitante en lugares no acordes con las necesidades de la persona;



Que ante este estado de cosas corresponde adoptar las medidas necesarias a fin de viabilizar el ejercicio de los derechos plasmados por las normas descriptas; y la obligación de las empresas prestadoras del servicio de respetarlos;



Que es necesario tener en cuenta tanto los antecedentes legales citados, como los dictámenes que la Asesoría General de Gobierno ha emitido frente a los casos descriptos sometidos a consulta;



Que la Comisión de Transporte Inclusivo, creada por Resolución N° 140/14 de la Agencia Provincial del Transporte, conformada por representantes de la Agencia Provincial del Transporte, el Consejo Provincial de las Personas con Discapacidad y el Ministerio de Salud ha analizado la problemática, recomendando la implementación de medidas al respecto;



Que la presente se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto Ley Nº 16.37857 y el Decreto Nº 6864/58 y normas complementarias y concordantes;



Por ello,



EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA PROVINCIAL DEL TRANSPORTE,

RESUELVE:



ARTÍCULO 1º. Establecer que las empresas prestadoras de servicios de transporte automotor, ferroviario y fluvial de carácter intercomunal dentro de la Provincia de Buenos Aires, y las agencias que expendan sus boletos, deberán exhibir en lugar visible en sus boleterías y terminales y en el interior de todas sus unidades, el cuadro de derechos y obligaciones que como Anexo I se agrega a la presente.



ARTÍCULO 2º. Determinar que el pase libre o credencial de discapacidad debidamente otorgado por la Agencia Provincial del Transporte, será el único requisito exigible para acceder al transporte público intercomunal de pasajeros terrestre o fluvial dentro de la provincia de Buenos Aires; a cuyo efecto deberán tenerse como documentos válidos los pases o credenciales cuyo modelo obra en el Anexo II, no pudiendo ser secuestrados bajo ningún concepto.



ARTÍCULO 3º. Las empresas y las agencias que expidan pasajes de sus servicios, estarán obligadas a entregar a la persona con discapacidad que así lo solicite, y en un mismo acto, el pasaje de ida y de regreso; no pudiendo establecerse plazos de ningún tipo. En caso de encontrarse cubierto el cupo, se informará por escrito al solicitante, el nombre, apellido y número de pase de los pasajeros que ocupan el servicio; fijando la reserva para el servicio inmediato posterior, o para el que el solicitante establezca, de la que se le dará constancia fehaciente.



ARTÍCULO 4º. Los primeros cuatro asientos de las unidades deberán reservarse para las personas con discapacidad, y en los casos de vehículos de doble piso no podrán asignarse en el piso superior.



ARTÍCULO 5º. El pase CON ACOMPAÑANTE, permite a su titular optar por ser acompañado por otra persona a la que se le extenderá el beneficio de gratuidad; pero en ningún caso ello se convertirá en una obligación o en un impedimento para el libre ejercicio de su derecho, pudiendo a tal efecto viajar solo cuando a su criterio no resulte imprescindible ser auxiliado por otro. Para detentar la condición de acompañante no podrán establecerse límites de edad, pudiendo desempeñar dicho rol aún los menores adultos o impúberes, salvo una evidente imposibilidad para la función de que se trate.



ARTÍCULO 6º. El incumplimiento de la presente norma hará pasibles a las empresas prestadoras de los servicios intercomunales del transporte de pasajeros de las sanciones estatuidas en el Decreto Nº 6864/58.



ARTÍCULO 7º. Registrar, comunicar, notificar a las empresas a través de las cámaras del sector, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido archivar.



Alberto Javier Mazza

Director Ejecutivo



ANEXO I

REGLAS DE ACCESIBILIDAD

1) Quienes posean la credencial tienen derecho a ser transportados gratuitamente en los servicios de transporte intercomunal de pasajeros, automotor, ferroviario o fluvial.

2) Quien tenga un pase CON ACOMPAÑANTE, podrá optar por viajar acompañado o solo,

3) Podrá cumplir la función de ACOMPAÑANTE cualquier persona sin límite de edad.

4) Las empresas y las agencias que expendan sus boletos entregarán en el mismo acto pasaje de ida y de regreso.

5) Si el cupo estuviere cubierto, se dará informe escrito de las personas que lo ocupan al solicitante, y constancia fehaciente de la reserva para el servicio inmediato posterior, el que la persona solicite.

6) Las personas con discapacidad deberán ser ubicadas en los primeros asientos existentes en el piso inferior de la unidad, debiendo éstos permanecer libres a tales efectos. Caso contrario deberán ser inmediatamente desocupados.

sábado, 27 de septiembre de 2014

Pasajes aéreos gratuitos para personas con discapacidad

domingo, 14 de septiembre de 2014

Pasajes de avión gratuitos para personas con discapacidad

Pasajes de avión gratuitos para personas con discapacidad.

Las personas con discapacidad solicitan que sea su derecho, poder obtener tickets aéreos  gratuitos.

Visitá nuestro sitio en Facebook para apoyar nuestra propuesta.



https://www.facebook.com/derechosdelaspersonasdiscapacitadas
También te invitamos a firmar nuestro petitorio
https://www.change.org/p/presidenta-cristina-fern%C3%A1ndez-de-kirchner-ley-de-pasajes-gratuitos-en-avi%C3%B3n-para-personas-con-discapacidad

miércoles, 20 de agosto de 2014

Subte: Pase Libre para Personas con Discapacidad


Pase para Discapacitados (Ley 22.431 y 13.642)



¿Quiénes lo pueden obtener?

Pueden adquirir el pase aquellas personas con discapacidades que tengan la credencial identificatoria emitida por la Secretaría de Transporte (Ley 22.431) y las personas con discapacidad visual poseedoras del certificado del Instituto de Rehabilitación del Lisiado (Ley 13.642).

¿Qué documentación necesitás para obtenerlo?

Documento que acredite identidad (DNI, LC, LE, Cédula, Pasaporte).
Ley 22.431: credencial identificatoria emitida por la Secretaría de Transporte. Deberá constar si es válida con acompañante. Presentar original y fotocopia.
Ley 13.642: certificado del Instituto de Rehabilitación del Lisiado. Deberá constar si es válida con acompañante. Presentar original y fotocopia.

El trámite no es personal.

¿Qué validez tiene?

6 meses a partir del primer uso y reglas de uso establecidas.

En el Subtepass se imprimirá el vencimiento luego del primer uso.

Al frente de la tarjeta estarán los datos del beneficiario: nombre, apellido y N° de documento.

¿Cuándo lo podés usar?

De lunes a domingo, sin límite horario.

¿Qué necesitás para renovarlo?

Documento que acredite identidad.

Pase usado.

Ley 22.431: credencial identificatoria emitida por la Secretaría de Transporte.

Ley 13.642: certificado del Instituto de Rehabilitación del Lisiado.

fuente: http://www.buenosaires.gob.ar/subte/pase-para-discapacitados-ley-22431-y-13642

sábado, 28 de junio de 2014

Inscripción a la escuela de iniciación deportiva para PERSONAS CON DISCAPACIDAD


INSCRIPCIÓN A LA ESCUELA DE INICIACIÓN DEPORTIVA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Realizar la inscripción en la Escuela de Iniciación Deportiva para Personas con Discapacidad.

Es un espacio de aprendizaje y esparcimiento desde la práctica de diferentes actividades lúdico-recreativas y deportivas como básquet, futbol, hándbol, natación, torball, esgrima, atletismo, entre otros.


1.- Solicitar una entrevista de admisión:

- Personalmente en el Departamento de Recreación y Deportes del Servicio

Nacional de Rehabilitación, sito en Ramsay 2250 o Dragones 2201, CABA.

- Telefónicamente al 4789-5371/72 de Lunes a Viernes de 9:00 a 16:00 hs.

- Por correo electrónico a iniciaciondeportiva@snr.gov.ar


2.- Asistir a la entrevista y presentar la documentación requerida.


domingo, 22 de junio de 2014

Obtener el Pase Libre Multimodal on-line

Como tramitar el Pase Libre Multimodal

El Pase Libre Multimodal dependiente de la Provincia de Buenos Aires, se puede tramitar desde Internet.
Este pase permite viajar gratuitamente en transporte público de colectivos terrestres, trenes, y se ha incluido el servicio de transporte  fluvial (lanchas colectivos).

Accede a tu pase con el Trámite online solo si se posee certificado único de discapacidad, ingresando al siguiente enlace

http://www.transporteba.gba.gov.ar/content/pase_libre_multimodal

Si no se poseee CUD presentarse personalmente al área de discapacidad del municipio correspondiente al domicilio.



Pase Libre Multimodal. Provincia de Buenos Aires

Nuevo Pase Libre Multimodal

El gobierno de la Provincia incorporó, los medios de transporte ferroviario y fluvial al nuevo pase libre multimodal que comenzaron a utilizar las personas con discapacidad para trasladarse gratis por el territorio bonaerense.

Así fue acordado por el secretario de Servicios Públicos, Franco La Porta; el director ejecutivo de la Agencia Provincial del Transporte, Javier Mazza; el presidente de Ferrobaires, Antonio Maltana; la subsecretaria para la Articulación de Políticas de Integración, Lucía Maffrand, y el presidente de la Asociación de Armadores de Lanchas, Cristian Ramaro.
--> Nuevo Pase Multimodal

El gobierno de la Provincia presentó hace pocos días una nueva credencial que simplifica la gestión del trámite (se puede solicitar por la web) y unifica las jurisdicciones, por lo que puede ser utilizada para viajar por el transporte provincial y municipal, cuando antes era necesario tener dos carnets.

Ahora, además de los micros, se podrá viajar en los trenes de jurisdicción provincial y en el transporte de lanchas.

“Este es el pedido del gobernador Daniel Scioli, de trabajar pensando en los usuarios para mejorar la calidad de vida de todos los bonaerenses”, destacó La Porta, al tiempo que explicó: “Con este programa buscamos que la gente pueda acceder fácilmente a la credencial y que luego pueda viajar sin problemas por el transporte provincial y municipal”.

Por su parte, Javier Mazza destacó que "esta es la manera que tenemos de ver la gestión en nuestro gobierno, con un estado presente y de manera integral, para acercar una mejor calidad de vida a todos los habitantes de nuestra provincia".

El presidente de Ferrobaires, Antonio Maltana, aseguró: “El trabajo coordinado entre las distintas áreas del gobierno nos permite potenciarnos para, en este caso, brindar transparencia y simplicidad a los trámites que deben realizar los usuarios con capacidades diferentes”.

Por su parte, Lucía Maffrand dijo que “la implementación de este nuevo pase multimodal es, de alguna manera,  concretar lo que desde el primer día nos pidió Daniel Scioli, que es trabajar muy fuerte por la inclusión y la restitución de derechos; y hoy estamos restituyendo un derecho que es el derecho al transporte”.

El acto se realizó en la Casa de la Provincia, en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, y allí estuvieron presentes también el subsecretario de Casas de la Provincia, Rodolfo Valenta, y el subsecretario de Desarrollo de los Servicios Públicos, Miguel Martín.

El nuevo pase forma parte del Programa de Accesibilidad al Transporte Público de las Personas con Discapacidad que impulsa la Provincia, y para ponerlo en vigencia en los distritos es necesaria la adhesión de los municipios.

En la implementación del nuevo sistema se ha trabajado mancomunadamente con el Servicio Nacional de Rehabilitación y el Registro Nacional de las Personas, organismos dependientes del Gobierno Nacional que aportan el acceso a sus bases de datos para que podamos logran un ágil proceso de tramitación y de máxima seguridad en la confección de los pases.

Los beneficiarios podrán solicitar el Pase Libre Multimodal o renovar el ya existente a través de la web www.transporteba.gba.gov.ar. La credencial que se entrega con el nuevo sistema sirve para cualquier modalidad de transporte público de jurisdicción provincial: automotor, ferroviario o fluvial. El solicitante también puede elegir el municipio donde desea recibir la credencial cuyo plazo de emisión no superará los 15 días.

Para tramitar el pase: --> http://www.transporteba.gba.gov.ar/content/pase_libre_multimodal

domingo, 1 de junio de 2014

Reempadronamiento al Registro Laboral Unico. COPIDIS


Reempadronamiento al Registro Laboral Unico. COPIDIS




Las personas con discapacidad que se encuentran inscriptas en el RUL serán intimadas fehacientemente a actualizar la información consignada actualmente en la Base de Datos del RUL, bajo apercibimiento de dar de baja la inscripción, en el plazo de 10 días hábiles administrativos, contados a partir de la notificación.

A tal efecto el inscripto deberá ingresar la página www.buenosaires.gob.ar/copidis/registro con su número de documento y contraseña. El sistema le solicitará que en carácter de DECLARACIÓN JURADA acepte las condiciones de inscripción para pasar a la siguiente etapa, la cual contempla la actualización de los datos personales, así como la carga digital de la documentación solicitada.

Deberá adjuntar en formato digital, la siguiente documentación:


a) Documento Nacional de Identidad


b) Certificado de Discapacidad vigente emitido por autoridad competente


c) Curriculum Vitae


d) Títulos / certificados de los estudios correspondientes

Aquellas personas que posean CURADOR con sentencia judicial, deberá ser el CURADOR quien complete los campos obligatorios en calidad de DECLARACIÓN JURADA.

Las personas que se reempadronen en el RUL podrán ser contactadas vía correo electrónico, por personal de la Gerencia Operativa Registro de Aspirantes a Empleo Público, a fin de llevar a cabo una entrevista ocupacional con el objeto de validar la inscripción. En esa ocasión se solicitará la presentación de la documentación original.

La inscripción definitiva quedará supeditada a la certificación de la documentación original.

Fuente: http://www.buenosaires.gob.ar/noticias/reempadronamiento-al-registro-laboral-unico

domingo, 25 de mayo de 2014

Secundaria on-line. Obtener titulo gratuito de bachiller

 Seundaria On Line

Terminá la Secundaria



Da el primer paso hacia tu futuro. Retomá tus estudios y obtené gratis tu título de bachiller. Tengas la edad que tengas y sin importar en qué parte del país vivas podes realizar el secundario completo o rendir solamente las materias que adeudes.
Sólo te pedimos una computadora con internet y ¡muchas ganas!

domingo, 18 de mayo de 2014

Como obtener el nuevo DNI desde internet.

El DNI (Documento Nacional de Identidad) ahora se puede tramitar desde internet.
Como se obtiene?
Ingresar a la web del Ministerio del Interior, llenar los datos descargar el formulario para pagar la tasa, en los lugares de pago habilitados.
Concurrir al registro para sacar las fotografias. Luego te llega el DNI por Correo a tu casa.
Comenzá el trámite de renovación de dni desde aqui http://mininterior.gob.ar



sábado, 10 de mayo de 2014

Como anotarse a un plan de Vivienda en Provincia de Buenos Aires




En Provincia de Buenos Aires, existe la posibilidad de inscribirse en planes vigentes o futuros, de viviendas cuya construcción es financiada o gestionada por el Estado Provincial, para grupos familiares que no puedan acceder a la vivienda propia por otras vías. Las mismas tienen carácter de ser vivienda única y de ocupación permanente. Para su solicitud debe dirigirse únicamente a la municipalidad correspondiente a su domicilio, quienes realizan una preselección en base a los requisitos y procedimientos definidos y el Instituto de la Vivienda completa la verificación de los mismos y adjudica las viviendas.

Constituir grupo familiar.
Poseer DNI.
No ser beneficiario de ninguna vivienda otorgada por el Estado Argentino.
No poseer bienes inmuebles.
Radicación mínima de dos años en su municipio.
Cada Municipio y/o Entidad podrá establecer requisitos complementarios sujetos a las especificidades de cada programa habitacional.Dónde inscribirse:

En el área Social del municipio correspondiente del partido dónde reside el grupo familiar interesado. Acceda al contacto de su municipio.
En la Entidad (cooperativa, asociación civil, etcétera) a cargo el programa habitacional.

viernes, 25 de abril de 2014

Como acceder a una vivienda

CÓMO ACCEDER A UNA VIVIENDA




Deberá efectuar una inscripción para solicitar la adjudicación de una vivienda ante los organismos jurisdiccionales de vivienda correspondientes a su actual domicilio, o sea en los INSTITUTOS PROVINCIALES DE VIVIENDA, y en el caso de la Provincia de Buenos Aires también en los MUNICIPIOS.
Dichos organismos del Sistema Federal de Vivienda tienen las competencias de planificar, construir y adjudicar las obras de vivienda, mejoramiento de vivienda y del hábitat, mediante la utilización de los fondos federales que la Nación, a través de esta Subsecretaría les transfiere a dichos fines. Puede consultar los datos e instrucciones a través del listado de Organismos Jurisdiccionales. .

LISTADO DE INSTITUTOS PROVINCIALES DE VIVIENDA
BUENOS AIRES
Administrador General Esc. Pablo SARLO
Subadministrador Arq. Eduardo REESE
Instituto de la Vivienda de la Provincia Buenos Aires
Calle 7 Nº 1267(entre 58 y 59) 4º piso - [B1900] La Plata - Pcia. de Bs. As.
Tel.: 0221 429-4980 / 5052
Fax: 0221 429-4983
CATAMARCA
Secretario Víctor Octavio GUTIÉRREZ
Secretaria de Estado de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Provincia de Catamarca
Avda. Venezuela S/Nº (ex Regimiento) Pabellón 6 y 9 - [K4700CLT] - Catamarca - Pcia. de Catamarca
Tel.: 03833 443-8227 / 445-9000
Fax: 03833 443-7925
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Presidente Sr. Emilio BASAVILBASO
Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC)
Carlos Pellegrini Nº 211 6º y 8º Piso o Nº 211/291 6º Piso - [C1009ABE] Ciudad Autónoma de Bs. As.
Tel.: 4323-8000
CÓRDOBA
Subsecretario Arq. Gustavo BACILE
Dirección Provincial de Vivienda de la Provincia de Córdoba
Subsecretaría de Vivienda y Coordinación del Ministerio de Obras y Servicios Públicos:
Humberto Primo Nº 467 - 1° Piso - [X5000FAI] - Córdoba - Pcia. de Córdoba
Tel.: 0351 434-1590 al 95
 
CORRIENTES
Sr. Subinterventor Cont. Bernardo E. RODRIGUEZ
Instituto de Vivienda de Corrientes (INVICO)
Av. Italia Nº 460 - [W3400CAO] - Corrientes - Pcia. de Corrientes
Tel.: 0379 442-5174 / 2567 / 5525
Fax: 0379 442-5174
CHACO
Sr. Presidente Cont. José Valentín BENITEZ
Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Provincia del Chaco (IPDUV)
Av. Sarmiento Nº 1801 - [CQ3500] - Resistencia - Pcia. del Chaco
Tel.: 0362 442-1955 / 8001
Fax: 0362 443-1712
CHUBUT
Presidente Ing. Ricardo Alberto TROVANT
Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano de la Provincia del Chubut
Av. San Martín y Don Bosco - [U9103] - Rawson - Pcia. de Chubut
Tel.: 0280 448-1226 / 5039
Fax: 0280 448-1828
ENTRE RIOS
Presidente M.M.O. Oscar MARELLI
Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de la Provincia de Entre Ríos (IAPV)
Laprida Nº 351 - [E3100FMG] - Paraná - Pcia. de Entre Ríos
Tel.: 0343 423-4523 / 3186
Fax: 0343 423-0349
FORMOSA
Administrador General C.P.N. Daniel Marcos MALICH
Instituto Provincial de Vivienda de la Provincia de Formosa (IPV)
Julio A. Roca Nº 55 - [P3600IBA] - Formosa - Pcia. de Formosa
Tel.: 0370 442-6236 / 0659 / 0335
Fax: 0370 442-4075
JUJUY
Presidente C.P.N. José Lucio ABREGÚ
Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy (IVUJ)
Güemes Nº 853 - [Y4600] - San Salvador de Jujuy - Pcia. de Jujuy
Tel.: 0388 422-1227 / 1229 / 1224 / 1226 / 1225
Fax: 0388 422-1465
LA PAMPA
Presidente C.P.N. Roberto Oscar VASSIA
Instituto Provincial Autárquico de Vivienda de la Provincia de La Pampa
Av. Argentino Valle Nº 665 - [L6300EWG] - Santa Rosa - Pcia. La Pampa
Tel.: 02954 42-4513 / 9257 / 7299
Fax: 02954 42-7299
 
LA RIOJA
Administrador Ing. Carlos César CROVARA
Administración Provincial de Vivienda y Urbanismo de Provincia de La Rioja (IAPVyU)
Ortiz de Ocampo Nº 1700 - C.A.P. - Acceso 2 –Planta Alta [F5300DTQ] - La Rioja - Pcia. de La Rioja
Tel.: 0380 445-3738
Fax: 0380 443-0598
MENDOZA
Presidente Lic. Héctor Omar PARISI
Instituto Provincial de la Vivienda de la Provincia de Mendoza (IPV)
Gral. Juan Lavalle Nº 92 - [M5500CLB] - Mendoza - Pcia. de Mendoza
Tel.: 0261 449-9604 / 9605
MISIONES
Presidente Ing. Santiago Emilio ROS
Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional de la Provincia de Misiones (IPRODHA)
Av. (26) Roque Perez Nº 1743 - [N3300ILF] - Posadas - Pcia. de Misiones
Tel.: 0376 444-7930 / 7931 / 7932 / 7939
NEUQUÉN
Presidente C.P.N. Rodolfo Gustavo KAISER
Agencia de Desarrollo Urbano Sustentable de la Provincia del Neuquén (ADUS)
Aguado 2130 - [Q8300] - Neuquén - Pcia. de Neuquén
Tel.: 0299 443-2472
Fax: 0299 443-9483
 
RÍO NEGRO
Interventor Arq. Julio ARRIETTA
Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda de la Provincia de Río Negro (IPPV)
Winter y Murillo - [8500] Viedma ­ Pcia. de Río Negro
Tel.: 02920 42-3277 /44-1101
Fax: 02920 42-5090
SALTA
Presidente Ing. Sergio A. ZORPUDES
Instituto Provincial de Vivienda de la Provincia de Salta (IPV)
Av. Belgrano Nº 1349 - [A4400AWL] - Salta - Pcia. de Salta
Tel.: 0387 432-5500 / 5501
Fax: 0387 432-5510
SAN JUAN
Interventor Ing. Martín JUNCOSA
Instituto Provincial de la Vivienda de la Provincia de San Juan
Centro Cívico - Libertador y España 5º Piso - [J5400] - San Juan - Pcia. de San Juan
Tel.: 0264 430-5200 / 5203
Fax: 0264 430-5204
 
SAN LUIS
Jefe de Programa Dr. Héctor J. DARNAY RAMOS
Programa Política Habitacional de la Provincia de San Luis
Ayacucho Nº 945 1ºpiso Edificio Adm. Casa de Gobierno de la Provincia - [D5700] - San Luis - Pcia. de San Luis
Tel.: 0266 445-1463 / 445-1048
SANTA CRUZ
Presidente Arq. Néstor BRAVO
Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda de Santa Cruz (IDUV)
Don Bosco Nº 369 - [Z9400] - Río Gallegos - Santa Cruz
Tel.: 02966 42-0545 / 0036 / 0492
SANTA FE
Directora Arq. Alicia del Carmen PINO
Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe (DPVyU)
San Martín Nº 1407 - [S3000FRG] - Santa Fe - Pcia. de Santa Fe
Tel.: 0342 457-3581 / 3582
Fax: 0342 450-6720
 
SANTIAGO DEL ESTERO
Interventor Arq. Domingo Ernesto LECUONA
Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Santiago del Estero (IPVU)
Av. Gral. Manuel Belgrano Sur Nº 2050 - [G4200ABU] - Santiago del Estero - Pcia. de Santiago del Estero
Tel.: 0385 424-1545
 
TIERRA DEL FUEGO
Presidente Sr. José Luis DEL GIUDICE
Instituto Provincial de Vivienda de la Provincia de Tierra del Fuego (IPV)
Francisco González Nº 651 PB - [V9410CIA] - Ushuaia - Pcia. de Tierra del Fuego
Tel.: 02901 42-2283 / 1015 / 1939
Fax: 02901 42-2283 / 1015 / 1939 int. 1010
TUCUMÁN
Interventor Ing. Gustavo Eduardo DURÁN BORELLI
Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Provincia de Tucumán (IPVDU)
Idelfonso de las Muñecas Nº 455 - [T4000IKI] - San Miguel de Tucumán - Pcia. de Tucumán
Tel.: 0381 431-0073 / 3505
Fax: 0381 431-0412

jueves, 17 de abril de 2014

Viviendas para personas con discapacidad


Ley 26.182

SISTEMA FEDERAL DE LA VIVIENDA

Modificación de la Ley Nº 24.464, a fin de establecer un cupo en los planes que se ejecuten con los fondos del FONAVI, destinado a personas con discapacidad o familias en las que al menos uno de sus integrantes sea una persona con discapacidad. Requisitos.
Sancionada: Noviembre 29 de 2006
Promulgada de Hecho: Diciembre 19 de 2006
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:

ARTICULO 1º — Modifícase el inciso e) del artículo 12 de la Ley Nº 24.464, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 12: ...


e. Definir criterios indicativos de selección de adjudicatarios de viviendas construidas o créditos otorgados con fondos del FONAVI.


El Consejo Nacional de la Vivienda establecerá un cupo preferente del 5% en cada uno de los planes de adjudicación o mejoramiento de viviendas que se ejecuten con el fondo del FONAVI, destinado a personas con discapacidad o familias en las que al menos uno de los integrantes sea una persona con discapacidad.


Para acceder a los beneficios establecidos en el cupo se deberá cumplir con los siguientes requisitos:


I. Acreditación de la discapacidad permanente del solicitante o del miembro del grupo familiar, de acuerdo con el artículo 3º de la Ley Nº 22.431.

II. En el caso de que el solicitante no fuere una persona con discapacidad, acreditación del vínculo de parentesco, sólo podrá acceder al beneficio aquél que sea ascendiente, descendiente o pariente por afinidad hasta el segundo grado respecto de la persona con discapacidad y que conviva con ésta.


III. En caso de solicitarse la adjudicación de una vivienda, los parientes definidos en el punto anterior, que convivan con la persona con discapacidad, deberán acreditar que no poseen ningún otro inmueble.


El inmueble a adjudicar, en su caso, deberá ser habilitado efectivamente por la persona con discapacidad, siendo de aplicación al respecto lo establecido por el artículo 14 de la Ley Nº 21.581. La escritura traslativa de dominio de la vivienda adjudicada por este cupo deberá consignar la constitución de un usufructo vitalicio a favor de la persona con discapacidad, bajo pena de nulidad.


Los entes jurisdiccionales dictarán las normas que sean necesarias a los efectos de adaptar las viviendas a adjudicar o mejorar, a los criterios establecidos en los artículos 21 y 28 de la Ley Nº 22.431.


El cupo del 5% podrá ser incrementado por el respectivo ente jurisdiccional, pero no podrá ser disminuido respecto de un plan en particular, si existieren solicitantes que cumplieren los requisitos.


ARTICULO 2º — Modifícase el artículo 16 de la Ley Nº 24.464, el que quedará redactado de la siguiente manera:


Artículo 16: El Consejo Nacional de la Vivienda sugerirá los criterios que deberían seguir las provincias y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la selección de los adjudicatarios de los créditos financiados por el Fondo Nacional de la Vivienda, sin perjuicio de la aplicación automática del cupo preferente establecido en el artículo 12 inciso e). El falseamiento por parte de los adjudicatarios, de las informaciones que hubieran servido de base para las respectivas selecciones y adjudicaciones, acarreará la inmediata caducidad de ésta y la ejecución correspondiente.


ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.


— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.182 —

ALBERTO E. BALESTRINI. — EDUARDO M. LOPEZ ARIAS. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

domingo, 23 de marzo de 2014

Un robot que cuida a personas mayores y con discapacidad




Así es el robot que cuida a personas mayores y con discapacidad

España: Un prototipo de bajo coste realiza tareas de vigilancia y cuidado de personas dependientes mientras están solas en el hogar
Las personas mayores y con discapacidad requieren a menudo la atención de cuidadores, pero no siempre es posible. Hay momentos en los que deben permanecer a solas en el hogar. Un grupo de investigadores ha creado un robot programado para realizar tareas de vigilancia y cuidado a personas dependientes en su domicilio. Es necesario que la vivienda esté dotada de unos sensores para que el robot transmita la información oportuna a los cuidadores y ejecute las órdenes de los usuarios, pero su instalación se prevé sencilla. Todavía es un prototipo y se experimentan sus funciones. De ponerse en marcha, sería una gran ayuda para las personas a quienes se dirige, pero también para los familiares que no pueden encargarse de su cuidado en todo momento.

Un robot que vigila y cuida a personas dependientes
Imagen: Fundación Descubre

Las personas dependientes necesitan atención. A menudo requieren estar con un cuidador, pero no siempre es posible. Hay situaciones en las que es inevitable que se queden solas. Para estos casos, investigadores de las universidades de Sevilla, Huelva, Córdoba y Extremadura han creado un robot que realiza tareas de vigilancia y cuidado.

Según datos del Instituto Nacional de Estadística recogidos por el CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas), casi la mitad de los hombres mayores de 65 años y con discapacidad viven en pareja, mientras que apenas un 30% de las mujeres de su misma condición lo hacen acompañadas, posiblemente, debido a que su esperanza de vida es mayor. Un 11% de los hombres viven solos, mientras que no hay datos de esta variable relativos a las mujeres. Estas personas suponen un grupo de atención prioritaria, puesto que carecen de ayuda o bien se la presta otra persona mayor, que no siempre puede atenderlas como es necesario.

La idea, según recoge la Fundación Descubre, es que el robot sea autónomo, que comprenda ciertas órdenes que le dé la persona dependiente y las ejecute. "Por ejemplo, si se le pide que vaya a un sitio, el robot busca el camino adecuado para llegar por sí mismo", precisa Nieves Pavón, investigadora del proyecto en la Universidad de Huelva. Además, el robot realiza tareas de posicionamiento, ubica a la persona, por lo que puede establecer dónde se encuentra en cada momento y que los familiares o cuidadores lo sepan a través de dispositivos móviles. Se ha contemplado el control remoto para ganar en seguridad. "El siguiente paso es complementarlo con sensores ambientales para mover puertas o desplazar objetos", señala Nieves Pavón.
Cómo funciona el robot

Para que el robot funcione en el hogar, es necesario acondicionar la vivienda. De momento, se ha desarrollado un prototipo que se emplearía en entornos domésticos inteligentes "dotados de sensores y actuadores ambientales que ayudan al usuario", apunta Nieves Pavón. El diseño se ha realizado de manera que no exija "cables, instalación de cámaras o dispositivos de domótica" para evitar obras en el edificio y en la vivienda.


El robot se comunica mediante una red inalámbrica de sensores para evitar las obras en el hogar

En su lugar, se ha recurrido a algoritmos de inteligencia artificial, para cuyo funcionamiento se requiere una instalación sencilla. Se ha creado un robot capaz de comunicarse mediante una red inalámbrica de sensores. Tras el primer prototipo, se han iniciado los trabajos para un prototipo nuevo más robusto con el que se quiere experimentar en una residencia o varias viviendas de personas dependientes, de manera que se simule cómo sería su funcionamiento en un domicilio.

Este sistema supone un coste que oscila entre 500 y 1.500 euros, en función de los extras que se añadan. Se analiza la opción de que el robot se pueda alquilar. Las dimensiones del robot con el que se realizan los ensayos tiene una altura de medio metro y un peso aproximado de siete kilos.

Envejecimiento de personas con discapacidad


El robot se ha diseñado para personas dependientes, en especial, personas mayores o con discapacidad. El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) hace hincapié por ello en las particularidades de quienes reúnen ambas características. En 2012 publicó el documento de posición 'El envejecimiento de las personas con discapacidad', en el que recordaba que "cada ser humano envejece de distinta forma" y reivindicaba la necesidad de "colocar la vejez en el plano que le corresponde".


El aislamiento de las personas mayores con discapacidad aumenta su vulnerabilidad

Según los datos del INE de 2008, en España hay más de 3.500 personas mayores de 65 años con discapacidad. Una de las preocupaciones es el aislamiento en el que viven estas personas con más frecuencia de la deseada, que es nula. Recuerda que existen "estereotipos y actitudes acerca de las necesidades de apoyo para su autonomía asociadas a la discapacidad", si bien invita a "acometer aquellas medidas de las que se posee ya evidencia sobre sus resultados positivos en la autonomía, inclusión, calidad de vida y bienestar de las personas mayores con discapacidad".

No hay que dar por sentado que todas las personas mayores con discapacidad necesitan ayuda para tener autonomía, pero del mismo modo, hay que atender a quienes en realidad las necesiten. En esta línea, defiende que se tenga presente la desigualdad a la que se enfrentan las mujeres por el hecho de serlo y que, por este motivo, se preste "atención a las necesidades y demandas de las mujeres mayores con discapacidad".

Iniciativas como la desarrollada por las citadas universidades ayudan a atender las necesidades de estas personas y tienen en cuenta a su vez a los familiares, con frecuencia, encargados de su cuidado. Las limitaciones de movilidad de las personas mayores y con discapacidad determinan la vida de los familiares que les atienden, por lo que los avances logrados en autonomía no solo benefician a las personas a quienes se dirigen, sino también a su entorno.
Fuente: http://www.consumer.es/web/es/solidaridad/proyectos_y_campanas/2014/02/25/219402.php

Como obtener los pasajes gratuitos por discapacidad


Transporte gratuito para personas con discapacidad. Ley 25.635. Dec. 38/04.

Las personas con discapacidad que posean Certificado de Discapacidad pueden usar gratuitamente los servicios de transporte terrestre de media, corta y larga distancia.

Las razones que posibilitan el derecho de gratuidad en el transporte público comprenden necesidades familiares, asistenciales, educacionales, laborales o de cualquier otra índole que permitan la plena integración social.


¿Cómo ejercer este derecho?
Si querés utilizar las líneas 1 a 199 (En la ciudad de Buenos Aires y en la provincia de Buenos Aires) y líneas de transporte de larga distancia es necesario:
• Tramitar el Certificado de Discapacidad Nacional, provincial o municipal en los términos de la Ley 22.431.
• Sacar fotocopia reducida del certificado de discapacidad y fotocopia reducida del DNI, cédula de identidad o libreta de enrolamiento o cívica.
• Concurrir con los originales del certificado y documento y sus fotocopias a instituciones que legalicen estas fotocopias; por ejemplo: Secretaría de Transporte. Ministerio de Economía; CONADIS (Ciudad de Buenos Aires); Juzgados de Paz; municipios, etc.
• Cuando desees o necesites viajar presentar las fotocopias legalizadas (sugerimos plastificarlas) en los transportes o en las boleterías de larga distancia para solicitar el boleto o los boletos si se establece en el certificado de discapacidad la necesidad de un acompañante.



Si vivís en la provincia de Buenos Aires y querés utilizar las líneas superiores a la 200, sometidas al control jurisdiccional de la provincia de Buenos Aires:
• Debes tramitar una credencial habilitante de validez anual o por el plazo de vigencia de los certificados si este fuese menor.
• El Certificado de discapacidad válido es el determinado por la Ley 10592 y sus modificatorias.
• El trámite para su obtención se realiza personalmente por el interesado o representante legal en la Dirección Provincial del Transporte de la provincia de Buenos Aires o por trabajadores sociales representantes de los distintos municipios.
• Requisitos:
• Fotocopia del Certificado de Discapacidad, autenticada por autoridad competente.
• Documento nacional de Identidad, cédula de identidad o Libreta de enrolamiento, o bien el Pase vigente para franquicia.
• Foto carnet.


Para la solicitud de un pasaje de larga distancia podrá concurrir a la boletería de la Empresa de Transporte y solicitar el boleto o los boletos si se establece la necesidad de un acompañante en la credencial y/o certificado de discapacidad. (anticipacion mínima 48 hs, en la práctica varios días)

En caso de presentarse algún problema para usar el Pase reclamar en la Comisión Nacional de Regulación de Transporte:
Tel.: 0800-333-0300.


Direcciones útiles
• Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción para las Personas con Discapacidad.Ramsay 2250. Ciudad de Buenos Aires.
• Secretaría de Transporte. Ministerio de Economía. Hipólito Yrigoyen 250. 1er. Piso. Oficina de Pases. Ciudad de Buenos Aires.
• CONADIS (Comisión Nacional de Discapacidad). Julio A. Roca 782. 4to. Piso. Ciudad de Buenos Aires

Fuente: http://www.rals.org.ar/tramites/ley25635.htm

viernes, 21 de marzo de 2014

Ayuda económica a artistas con discapacidad

Brindarán ayuda económica a artistas con discapacidad

El Gobierno Nacional aprobó un nuevo programa por el cual brindará ayuda económica a artistas con discapacidad. El objetivo es profundizar las políticas de ampliación y restitución de derechos.
El programa tiene como objetivo brindar a los artistas con discapacidad de todo el territorio un monto económico para la adquisición de elementos que promuevan sus actividades. Pueden presentarse todas aquellas personas que demuestren un desarrollo en el ámbito artístico.
La iniciativa se lleva adelante a través del Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad, presidido por la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad (Conadis).

De este modo, el Gobierno Nacional continúa propiciando la participación de las personas con discapacidad en la vida cultural, a la luz de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, adoptada por Argentina en el año 2008 por medio de la ley 26.378.

El Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad tiene como función evaluar, seleccionar y aprobar proyectos a favor de las personas con discapacidad en el marco de la ley de cheques 25.730, que destina un fondo exclusivo a este fin.

Actualmente hay 24 programas vigentes, que abarcan, entre otras, temáticas como accesibilidad, transporte, educación, salud, trabajo, deporte y cultura. Los gobiernos provinciales y municipales, organizaciones de la sociedad civil y personas físicas de todo el país pueden presentar proyectos.

Para acceder a mayor información sobre éste y todos los programas, los interesados pueden ingresar a la página web de Conadis (apartado ley de cheques).


fuente: http://www.prensa.argentina.ar/2014/03/13/48494-brindaran-ayuda-economica-a-artistas-con-discapacidad.php

jueves, 13 de marzo de 2014

Declaración de Estambul

Declaración de Estambul

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"...Las personas con discapacidad no siempre han tenido la oportunidad de participar plenamente y en condiciones de igualdad en el desarrollo y la gestión de los asentamientos humanos, comprendida la adopción de decisiones, a menudo a causa de barreras sociales, económicas, de actitudes y físicas, así como de la discriminación. Deben eliminarse esas barreras, y las necesidades y las preocupaciones de las personas con discapacidad deben quedar plenamente integradas en los planes y las políticas de vivienda y de asentamientos humanos sostenibles, a fin de que éstas sean accesibles para todos... fomentar la mejora del patrimonio de viviendas existentes mediante rehabilitación y mantenimiento y el suministro adecuado de servicios, instalaciones y comodidades básicos... promover la igualdad de acceso y la plena participación de las personas con discapacidad en todas las esferas de los asentamientos humanos e instituir políticas y disposiciones jurídicas adecuadas de protección contra la discriminación por razón de discapacidad..." [..]


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