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sábado, 11 de enero de 2020

Certificado de discapacidad (CUD) y sus beneficios

El certificado de discapacidad y sus beneficios es un instrumento público, así como lo es el DNI, que abre puertas a innumerables beneficios para paliar los efectos de una enfermedad



Se considera al certificado de discapacidad y sus beneficios como la llave mágica que le brinda a sus titulares, ciertas herramientas para poder acceder a la protección integral de la ley.
Este certificado no queda registrado en ningún lugar, ni tampoco implica un “estigma” para quien lo porte, como así tampoco afecta a la capacidad civil . Esto quiere decir que no afecta a ninguno de los aspectos laborales, ni sociales de quienes lo obtengan.


Certificado de discapacidad beneficios



Lo que permite el certificado de discapacidad es acceder a diferentes beneficios médicos, laborales y asistenciales que existan en la legislación en que se encuentren. Los mismos, se encuentran directamente relacionados al concepto de discapacidad.

Se trata de un concepto bio-psico social que se atribuye a la alteración permanente, total o parcial en la salud de cualquier persona (ya sea física, mental, visceral o sensorial) que le implicaría una desventaja en la integración social.

Los beneficios que se otorgan, son en consecuencia como se nombró anteriormente en relación a médicos, sociales, asistenciales y laborales, pero se debe recordar que el certificado no tiene relación con el porcentaje de discapacidad para poder acceder a un beneficio, ya sea de pensión u otro.

Los beneficios se basan en una remuneración, que es una recolección de los ya enumerados en distintas normas, no taxativa y sólo ejemplificativa. Algunos de los beneficios que aquí se enumeren, son desarrollados en una breve síntesis.


Beneficios



Tener acceso a la cobertura integral de las prestaciones médicas en su integridad, como los medicamentos. Abre puertas a innumerables herramientas reconocidas por Ley para paliar los efectos de alguna dificultad física, sensorial o mental o poco frecuente,

Los medicamentos que se incluyen son todos aquellos que fueron probados y no los experimentales, pero si también, aquellos que no fueron aprobados aún, pero lo fueron en el resto del mundo por los referentes en el tema.

También se puede exigir la prescripción correspondiente cuando el profesional médico lo justificase. Todos los tratamientos están incluidos, sin topes ni límites, ya sean individuales e interdisciplinarios, en Centros especializados, de traslado o a domicilio.

La cobertura de hogares, los centros de días, Centros educativos terapéuticos, prestaciones técnicas (como dar computadoras a las personas ciegas o con baja visión, sillas de ruedas con motor o bastones) y así también prestaciones asistenciales complementarias, cuando se tengan las necesidades básicas insatisfechas, como el PAMI que cuenta con subsidios mensuales en Escolaridad Especial y en Integración en Escuelas comunes.

Otro de los beneficios es la eliminación de barreras arquitectónicas o urbanísticas, como son la construcción de rampas o acceso desde la vía pública hacia la propia vivienda o para el acceso a los edificios públicos y educativos, la adecuación de viviendas, (ya sea en baños, cocinas y demás) que sirvan para tornarse accesibles.

                                         Como obtener el certificado de discapacidad.

Los beneficios laborales a nivel público, según la legislación de cada Jurisdicción, es donde los entes estatales, las empresas descentralizadas y privatizadas de servicios públicos, deben obligadamente garantizar como mínimo un 4 o 5 % de personas con discapacidad, ofreciendo la existencia del cupo laboral. Esto quiere decir que deben dar igualdad de condiciones o idoneidad en un cargo.

Los beneficios de la seguridad social es una derivación de cualquier pensión de padre o madre que tenga a cargo un hijo con una discapacidad ya sea en caso de fallecimiento, (independientemente del tipo de discapacidad).

Otro de los beneficios es tener acceso a cobertura de prestaciones de salud por enfermedades preexistentes y para ello cuando se inscribe en el sistema de cobertura obligatoria le corresponden ciertas prestaciones sociales que se deben contemplar al momento.

Se tiene la posibilidad de exigir estas prestaciones tanto a las obras sociales como a las prepagas con internaciones en instituciones de tercer nivel, geriátricos o prestaciones complementarias para las necesidades básicas insatisfechas, que pueden ser internaciones en el hogar, un hotel y hasta requerir acceso a una vivienda digna para el supuesto de cualquier emergencia habitacional.

La adquisición de vehículos con franquicia también es un beneficio de discapacidad, el libre y gratuito estacionamiento, la exención de patentes y peajes (esto solo en algunas autopistas). Se debe considerar que el vehículo sea utilizado para transportar a la persona con discapacidad, obteniendo hasta el 50% de beneficio en autos nacionales.

El pase libre en los transportes, con la posibilidad de viajar gratuitamente sin importar la causa. Esto incluye en vehículos de transporte público de pasajeros, trenes, subtes, colectivos de media, corta y larga distancia. No se debe confundir con la obligación de traslado que tiene la obra social o prepaga para acercar al paciente a los centros médicos, en rehabilitación o escolaridad, siempre que la persona no pudiese efectuarlo en un transporte público.

En cuanto a los beneficios impositivos a nivel laboral y de vivienda, en la Ciudad de Buenos Aires, las personas con discapacidad, están eximidas del ABL.

Solo en algunas jurisdicciones provinciales como sucede en San Isidro, la contribución es equivalente, porque en el resto de los municipios se tiene que solicitar.






sábado, 11 de mayo de 2019

Formulario online: Altas y renovaciones del Certificado Unico de Discapacidad


Consulta online de requisitos para obtener el Certificado Unico de Discapacidad.

Tipo de trámite

Renovación
Pérdida del certificado
Agravamiento
Baja por fallecimiento
Baja voluntaria
Cambio de identidad por adopción
Cambio de identidad de género




Completar el formulario desde el enlace:



sábado, 1 de julio de 2017

La importancia de obtener el #CUD (Certificado Único de Discapacidad)

La importancia de obtener el #CUD (Certificado Único de Discapacidad)



¿A QUÉ DERECHOS ACCEDO?
  • Salud
La Ley Nº 24.901 establece la cobertura del 100% en las prestaciones para personas con discapacidad. Tanto medicamentos como prótesis y tratamientos, siempre de acuerdo al tipo de discapacidad certificada.




Reclamos por incumplimientos o consultas de cobertura
Superintendencia de Servicios de Salud
0-800-222- SALUD (72583)
PAMI- INSSJP (Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados)
0-800-222-7264 ó 138
Programa Federal Incluir Salud (ex PROFE)
0800-333-7763 (opción 1-Incluir Salud)


  • Transporte
Los Decretos N° 38/2004 y N° 118/06 establecen el acceso gratuito al transporte público Nacional de corta, mediana y larga distancia en trenes, subtes, colectivos y micros.
Secretaría de Transporte
4349-7133 // 4349-7135 // 4349-7137
Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT)
0-800-333-0300


Símbolo Internacional de Acceso
La Ley Nº 19279, sus modificatorias y el Decreto Nº 1313/93, garantizan a las personas con discapacidad el derecho de libre tránsito y estacionamiento con total prescindencia del automotor en el cual se traslade.
Servicio Nacional de Rehabilitación
0-800-555-3472




  • Régimen de asignaciones familiares
– Hijo con discapacidad
– Maternidad down
– Ayuda Escolar Anual por hijo con discapacidad
ANSES
Atención telefónica: marcá 130




  • Turismo accesible
Servicio Nacional de Rehabilitación
0800-555-3472




INFORMACIÓN ÚTIL Y TRÁMITES VINCULADOS
Estos trámites exigen, en algunos casos, el cumplimiento de otros requisitos además de la obtención del CUD.




Eximición de impuestos municipales
Consultá en la Oficina municipal o barrial más cercana la posibilidad de la eximición de impuestos municipales.




Asesoría legal
CONADIS – Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad
0-800-333-2662
consultas@conadis.gob.ar
ADAJUS- Programa Nacional de Asistencia para las Personas con Discapacidad en sus Relaciones con la Administración de Justicia
(011) 5300-4000 Interno 78348/78349
Av. Corrientes 327 Piso 14 – C.A.B.A.
adajus@jus.gov.ar

  • Empleo
Ministerio de Trabajo de la Nación
(011) 4-310-5878 // 5879 // 5891




  • Educación
Ministerio de Educación de la Nación
(011) 4129 1519




  • Denuncia por discriminación
INADI -Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo
0800 999 2345 (gratis las 24 horas)



LEGISLACIÓN
Normativa para la Certificación de Personas con Discapacidad con Deficiencia Intelectual y Mental (Disp. 648/15 SNR)
Normativa para la Evaluación de Personas con Discapacidad con Deficiencia Física de Origen Motor (Disp. 1019/15 SNR)
Normativa para la Certificación de Personas con Discapacidad con Deficiencia Sensorial de origen Visual (Disp. 639/15 SNR)
Normativa para la Certificación de Personas con Discapacidad con Deficiencia Sensorial de origen Auditiva (Disp. 82/15 SNR)
Normativa para la Certificación de Personas con Discapacidad con Deficiencia Física de origen Visceral (Disp. 500/15 SNR)

jueves, 3 de septiembre de 2015

CUD. Certificado Unico de #Discapacidad: Obtención 2015-2016

Obtener el Certificado Único de Discapacidad (CUD).


Es un documento público que permite el acceso al Sistema de Salud y a los beneficios instituidos por la normativa en la materia (Ley 22.431 y 24.901), para las personas con discapacidad.
Es voluntario y consta de una evaluación interdisciplinaria en la que los profesionales determinarán, de acuerdo a la documentación presentada por el interesado, si se encuadra o no dentro de las normativas vigentes de certificación de discapacidad.

Documentación necesaria

1.- Certificado original actualizado expedido por médico con una fecha de no más de seis meses que contemple el diagnóstico completo, estado actual, fecha, firma y sello del médico.

2.- Certificados e informes de profesionales intervinientes en el caso de que lo amerite.

3.- Estudios médicos complementarios según su condición de salud: deben ser originales y expedidos con una fecha de no más de seis meses.

4.- DNI/LC/Pasaporte. original y legible de la persona a ser evaluada.

5.- Planilla  completada por el médico especialista tratante, en caso de ser necesario.

Si la persona tiene obra social deberá adjuntar:
- 1 fotocopias de la primera y la segunda hoja del DNI del paciente.
- 1 fotocopias del último recibo de sueldo si el paciente trabaja; si no trabaja, del familiar que lo tenga a cargo.

Si la persona está jubilada, debe presentar:
- copia del recibo de cobro de la jubilación. 

En caso de renovación del Certificado Unico de Discapacidad (CUD), el trámite es igual que la primera vez, debiendo presentar además el certificado original vencido.



domingo, 9 de septiembre de 2012

CERTIFICADO UNICO DE DISCAPACIDAD MEDIDAS DE SEGURIDAD

CERTIFICADO UNICO DE DISCAPACIDAD MEDIDAS DE SEGURIDAD


• Número único que es una clave compuesta, alfanumérica, que genera automáticamente el sistema.

• Código de Barra: lo genera automáticamente el sistema al imprimir el certificado.

• Logo Institucional en tinta Invisible. Dificulta la realización de tachaduras y borrones en el texto del certificado.

En este orden de ideas, deviene pertinente hacer mención que el papel donde serán impresos los Certificados Únicos de Discapacidad, han sido adquiridos por el SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN, para todas las jurisdicciones del país, a la Casa de la Moneda de la República Argentina.

El papel referido, cuenta con las siguientes medidas de seguridad:

• Con impresión en offset, frente a cuatro colores.

• Con un talón al pie del formulario con troquelado de desglose (según muestra).

• Numerados en datos variables a un color tanto en la cabecera del formulario como en el talón de desglose  (según muestra). Los formularios prenumerados comenzarán del 00000001 al 00050000 y contarán con 8 dígitos sin separación de puntos o comas. Los espacios a la izquierda del número de prenumeración que corresponda serán completados con ceros (0) hasta alcanzar los 8 dígitos. 

• Con filigrana de Casa de Moneda, sin fluorescencia.




Consulta de autenticidad de certificado unico de discapacidad



Consulta online del certificado único de discapacidad

Desde aqui puede consultar la vigencia del certificado único de discapacidad CUD.

Consulta de autenticidad de certificado unico de discapacidad

http://www.discapacidad.gov.ar/publica/spring/intro

¿DONDE TRAMITAR EL CERTIFICADO UNICO DE DISCAPACIDAD?

CERTIFICADO UNICO DE DISCAPACIDAD

¿DONDE TRAMITAR EL CERTIFICADO UNICO DE DISCAPACIDAD?

IMPORTANTE: Si usted está interesado en tramitar el Certificado Único de Discapacidad, debe dirigirse, de acuerdo al domicilio que figura en su DNI, a la Junta Evaluadora correspondiente. 
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
I.NA.RE.P.S - Ciudad de Mar del Plata
Provincia de Buenos Aires
Contacto
Dirección: Ramsay 2250 o Dragones 2201 (C1428BAJ)
Localidad: Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Centro de Atención Telefónica: 0800-555-3472
Conmutador: (5411) 4789-5200
Email: info@snr.gov.ar


domingo, 2 de septiembre de 2012

El Certificado de Discapacidad



El Certificado de Discapacidad es un documento público, determinado por una Junta Médica, que se otorga a toda persona que lo solicite y tenga una alteración funcional permanente, transitoria o prolongada, física, sensorial o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables para su adecuada integración familiar, social o laboral. Este certificado le permite acceder a una serie de derechos y beneficios estipulados por la Leyes Nacionales Nº 22.431 y Nº 24.901.

El Certificado de Discapacidad sirve para obtener acceso a la Cobertura Integral de las Prestaciones Básicas de Habilitación y Rehabilitación (Ley Nº 24.901) y a la Cobertura Integral de Medicación (Ley Nº 23.661, art. 28).

Además el Certificado de Discapacidad facilita la realización de gestiones, tales como el pase libre en Transporte Público de pasajeros, obtención del Símbolo internacional de acceso para el automóvil (logo) y la exención de la patente, gestión de libre tránsito y estacionamiento (Ley Nº 19.279, art. 12), acceso al Régimen de Asignaciones Familiares en ANSES (Ley Nº 22.431, art. 14 bis), obtención de franquicias para la compra de automotores (Ley Nº 19.279), administración de pequeños comercios (Ley Nº 22.431, art. 11), obtención de exenciones de algunos impuestos y solicitar empleo en la administración pública, entre otros.


Tipos de Discapacidad:
Discapacidad motora
Discapacidad sensorial
Discapacidad mental
Discapacidad visceral (respiratoria, renal, hepática o cardiológica)
Discapacidad visual


Requisitos


El Certificado se emite sólo para aquellas personas que presenten D.N.I., Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento, sin excepción, en los que debe figurar el domicilio actual en la Ciudad de Buenos Aires (sin excepción).
En caso de vivir en provincia deberá realizar el trámite en el Servicio Nacional de Rehabilitación cito en la calle Ramsay 2250, o bien consultar en su municipio el lugar más cercano.
Se deberá completar el formulario de solicitud anteriormente a la solicitud de turno en el Hospital correspondiente (ver descarga de formulario).

Pasos para realizar el trámite


¿Dónde y en qué horario se realiza?

La persona interesada en obtener el Certificado de Discapacidad deberá concurrir al Hospital que corresponda de acuerdo al tipo de discapacidad, presentando los requisitos correspondientes y la solicitud del certificado.
Cada Hospital tiene establecidos distintos requisitos que deberán ser completados y presentados en los horarios de atención del Hospital.
Una vez completos los requisitos y entregados en el Hospital se le brindará un turno ante la Junta Médica Evaluadora quien certificará o no la discapacidad.
La entrega del Certificado emitido se hará a los 10 días de la evaluación.

Los turnos no se entregan ni telefónicamente ni por correo electrónico, SÓLO SE ENTREGAN PERSONALMENTE.

Ante cualquier duda, comunicarse con el CALL CENTER del GCBA 147.

¿Quién puede efectuarlo?

Dicha solicitud es de carácter personal y deberá ser completada y firmada por la persona que desea obtener el Certificado de Discapacidad o por su representante legal.

ORGANISMO RESPONSABLE


Dirección Gral. de Redes y Programas de Salud

Dirección: Monasterio 480 CABA

Tel.: 4123-3100 o 147


Más información


Hospitales de acuerdo al tipo de Discapacidad

Discapacidad Motora

Hospital de Rehabilitación M. Rocca.

Dirección: Segurola 1949. Barrio: Flores.

Teléfonos: 4630-4700 / 4703 / 4800.

Para solicitar los requisitos dirigirse a Hall Central, Mostrador de Informes

Horario de atención lunes a viernes de 8 A 13 hs.

Instituto de Rehabilitación Psicofísica - IREP.

Dirección: Echeverría 955.

Teléfonos: 4787-9346.

Para solicitar los requisitos dirigirse a Sector Discapacidad

Horario de atención: lunes, martes y jueves 11 A 13 hs. Sector Discapacidad

Discapacidad Visceral (respiratoria, renal, hepática o cardiológica)

Hospital de Agudos J. A. Penna - mayores de 18 años

Dirección: Almafuerte 406. Barrio: Parque Patricios.

Teléfonos: 4911-3030 / 2762 / 0517 /5555 int. 279.

Para solicitar los requisitos dirigirse a Neurología sala 4.

Horario de atención: lunes de 7.00 a 12.00 hs.

Hospital General de Agudo P. Piñeiro - menores de 18 años

Dirección: Varela 1301. Barrio: Flores.

Teléfonos: 4631-8601. Preferentemente Padiátricos

Para solicitar requisitos dirigirse a Hall de consultorios externos N° 39

Horario de atención: lunes a viernes de 8 A 13 hs..

Discapacidad Visual

Hospital de Oftalmología Santa Lucía

Dirección: San Juan 2021. Barrio: San Cristóbal.

Teléfonos: 4941-5555 / 8081.

Para solicitar los requisitos dirigirse a Planta Baja ventanilla “B” discapacidad.

Horario de atención: lunes a viernes de 8:30 hs a 13 hs. .

Discapacidad Mental

Hospital de Emergencias Psiquiátricas Dr. Torcuato de Alvear. Para mayores de 18 años.

Dirección: Warnes 2630. Barrio: Paternal.

Teléfonos: 4521-0273 / 0983 / 8457 /0090.

Para solicitar los requisitos dirigirse a la Biblioteca, Planta Baja.

Horario de atención: lunes, miércoles y viernes de 9 a 12.00 hs.

Hospital General de Agudos P. Piñero - menores de 18 años

Dirección: Varela 1301. Barrio: Flores.

Teléfonos: 4631-8100 / 6704 / 0526.

Para solicitar los requisitos dirigirse a Consultorios Externos.

Horarios de atención: lunes a viernes de 08 a 13 hs..

Discapacidad sensorial

Hospital de Rehabilitación Rocca.

Dirección: Segurola 1949. Barrio: Flores.

Teléfonos: 4630-4700 / 4703 / 4800.

Para solicitar los requisitos dirigirse a Mesa de Entradas PB.

Horario de atención: lunes a viernes de 8.00 a 13.00 horas. Hall Central, mostrador de informes.

Consultas frecuentes


En caso de no poder asistir la persona solicitante por motivos de salud, podrá un familiar o representante legal debidamente acreditado, asistir con:

Certificado médico que explique los motivos que impiden la concurrencia del solicitante.
Certificado de Supervivencia, emitido por policía Federal (recordar que el mismo deberá ser solicitado el día anterior al turno, dado que tiene viencia máxima de 48 hs.)
Discapacidad mixta

En caso de tener más de un tipo de discapacidad:

en caso que una de las discapacidades sea motora, se deberá tramitar el Certificado en el Hospital Rocca o en IREP
en caso que se presente ceguera y otras discapacidades (incluída motora), se deberá tramitar el Certificado en el Hospital Santa Lucía
en todos los casos se tomará en cuenta la discapacidad que predomina
Casos de HIV o Epilepsia

No siempre son consideradas discapacitantes:

en el caso de HIV se puede solicitar evaluación en los hospitales Penna o Piñeiro
en caso de Epilepsia, se puede solicitar evaluación eh los hospitales Rocca, IREP, Piñeiro o Alvear
en ambos casos se deberá presentar diagnóstico e historia clínica Ante cualquier duda comunicarse al Call Center del Gobierno de la Ciudad, 147 (opción 4), donde se brindarán mayor información orientadora.




jueves, 3 de junio de 2010

Certificado único de discapacidad. Ley Nº 25.504


Ley Nº 25.504

Modificación de la Ley Nº 22.431. Establécese que el Ministerio de Salud de la Nación expedirá el Certificado Único de Discapacidad. Alcances de los certificados emitidos por las provincias adheridas a la Ley Nº 24.901

Sancionada: Noviembre 14 de 2001.


Promulgada de Hecho: Diciembre 12 de 2001.



El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:



ARTÍCULO 1º — Modifícase el artículo 3º de la Ley 22.431, que quedará redactado de la siguiente forma:

El Ministerio de Salud de la Nación certificará en cada caso la existencia de la discapacidad, su naturaleza y su grado, así como las posibilidades de rehabilitación del afectado. Dicho ministerio indicará también, teniendo en cuenta la personalidad y los antecedentes del afectado, qué tipo de actividad laboral o profesional puede desempeñar.

El certificado que se expida se denominará Certificado Único de Discapacidad y acreditará plenamente la discapacidad en todo el territorio nacional en todos los supuestos en que sea necesario invocarla, salvo lo dispuesto en el artículo 19 de la presente ley.

Idéntica validez en cuanto a sus efectos tendrán los certificados emitidos por las provincias adheridas a la Ley 24.901, previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que se establezcan por reglamentación.



ARTÍCULO 2º — El Poder Ejecutivo nacional reglamentará las disposiciones de la presente ley dentro de los ciento veinte (120) días de su promulgación.



ARTÍCULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.



DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO.

REGISTRADA BAJO EL Nº 25.504

RAFAEL PASCUAL. — EDUARDO MENEM. — Guillermo Aramburu. — Juan C. Oyarzún.

domingo, 10 de mayo de 2009

Certificado de Discapacidad



Permite acceder a un sistema de protección integral de las personas discapacitadas, tendiente a asegurarles atención médica, educación y seguridad social y concederles las franquicias y estímulos para neutralizar las desventajas y posibilitarles su integración en la comunidad.



Los residentes en la Ciudad de Buenos Aires, desde 2008 podrán tramitarlo en 6 hospitales públicos. Puede consultar en el Ministerio de Salud porteño: 0800–333–7258, o en la Superintendencia de Servicios de Salud.
http://www.sssalud.gov.ar

En el Servicio Nacional de Rehabilitación puede encontrar toda la información sobre dónde gestionarlo.
http://www.snr.gov.ar/

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